Normativa Europea DOUE Importancia: 5/10

Nuevas normas de información que deben cumplir las sucursales de bancos extranjeros en la UE

27 Jul 2026 25 visitas
A quién afecta:
Sucursales en la UE de bancos y entidades de crédito de países no pertenecientes a la Unión Europea

Resumen

Los bancos de países no europeos con sucursales en la UE deberán reportar datos específicos a los supervisores. Se establecen los formatos y plazos exactos para esa comunicación.

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El Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1757 desarrolla las normas técnicas de ejecución previstas en la Directiva CRD (2013/36/UE) para regular cómo las sucursales de entidades de crédito de terceros países deben comunicar información a las autoridades supervisoras europeas. Se definen plantillas, formatos y frecuencias …

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Título oficial completo

OJ:L_202601757: Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1757 de la Comisión, de 20 de julio de 2026, por el que se establecen normas técnicas de ejecución para la aplicación de la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la comunicación de información por parte de las sucursales de terceros países

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