Ayudas y Subvenciones BOE Importancia: 3/10

Los partidos políticos deben declarar que cumplen la ley para recibir subvenciones electorales

09 Oct 2026 En vigor: 10 Oct 2026 5 visitas
A quién afecta:
Partidos políticos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores que soliciten subvenciones electorales

Resumen

Los partidos deberán presentar una declaración formal para cobrar subvenciones por gastos electorales, acreditando que no incurren en conductas ilegales ni tienen condenados por terrorismo o rebelión en sus listas.

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El Real Decreto 809/2026 modifica el RD 1907/1995 añadiendo un artículo 6 bis que exige a los representantes generales de las formaciones políticas presentar una declaración responsable como requisito previo para tramitar cualquier subvención estatal por gastos electorales. Esta declaración debe acreditar que la formac…

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Título oficial completo

Real Decreto 809/2026, de 7 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1907/1995, de 24 de noviembre, por el que se regula la tramitación de las subvenciones estatales anuales y por gastos electorales a las formaciones políticas.

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