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Las Oficinas de Extranjería ayudarán a tramitar solicitudes de residencia por arraigo excepcional

23 Jul 2026 En vigor: 23 Jul 2026 28 visitas
A quién afecta:
Extranjeros solicitantes de residencia por arraigo excepcional y Oficinas de Extranjería

Resumen

Las Oficinas de Extranjería participarán en la grabación y verificación de solicitudes de residencia por arraigo excepcional. La competencia de resolución sigue en la Dirección General de Gestión Migratoria.

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Se formaliza una encomienda de gestión entre la Dirección General de Gestión Migratoria y la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio para que las Oficinas de Extranjería colaboren en tareas materiales y técnicas de tramitación de autorizaciones de residencia por arraigo excepcional re…

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Título oficial completo

Resolución de 22 de julio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión de la Dirección General de Gestión Migratoria a la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, para la participación en la grabación de solicitudes de autorizaciones de residencia reguladas en el Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

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