Normativa Europea DOUE Importancia: 4/10

Exención de aranceles e IVA para importar bienes destinados a refugiados ucranianos y personas necesitadas en Ucrania

30 Jun 2026 En vigor: 26 Jun 2026 8 visitas
A quién afecta:
ONG, entidades benéficas e importadores que distribuyen ayuda humanitaria a Ucrania

Resumen

La UE exime de aranceles e IVA a las importaciones de bienes que se distribuyan gratuitamente a refugiados ucranianos o personas necesitadas en Ucrania. Facilita la ayuda humanitaria relacionada con la guerra.

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La Comisión Europea adopta una decisión que concede franquicia arancelaria y exención del IVA a la importación para mercancías destinadas a ser distribuidas gratuitamente a personas desplazadas por la agresión militar rusa contra Ucrania o a personas necesitadas dentro del territorio ucraniano. Esta medida se enmarca e…

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Título oficial completo

CELEX:32026D1407: Decisión (UE) 2026/1407 de la Comisión, de 26 de junio de 2026, relativa a la franquicia de los derechos de importación y la exención del IVA a la importación para los bienes y mercancías destinados a ser distribuidos a las personas que huyen de la agresión militar de Rusia contra Ucrania y a las personas necesitadas en Ucrania, o puestos a su disposición gratuitamente [notificada con el número C(2026)4366]

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