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El Registro puede rechazar inscribir una servidumbre si existe una figura legal más adecuada para regularizar una construcción en subsuelo ajeno

24 Jul 2026 19 visitas
A quién afecta:
Propietarios con edificaciones en subsuelo ajeno, notarios y registradores de la propiedad

Resumen

La DGSJ resuelve que una servidumbre de medianería horizontal no es válida para legalizar una edificación construida bajo el subsuelo de una finca ajena, existiendo figuras legales específicas como el derecho de subedificación.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la calificación negativa de la registradora de Palma de Mallorca n.º 5, que suspendió la inscripción de una servidumbre de medianería horizontal constituida para regularizar una construcción extralimitada en el subsuelo de una finca coli…

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Título oficial completo

Resolución de 23 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Palma de Mallorca n.º 5, por la que se suspende la inscripción de una declaración de obra nueva sobre una finca, porque las coordenadas de la superficie ocupada por la edificación ubican la misma más allá de los límites de la georreferenciación de la finca.

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