Inmobiliario BOE Importancia: 4/10

El Registro Mercantil no puede cancelar sociedades inactivas sin escritura pública aunque tengan el CIF revocado

01 Jul 2026 14 visitas
A quién afecta:
Administradores y socios de sociedades mercantiles inactivas con CIF revocado o cuentas sin depositar

Resumen

La Dirección General rechaza cancelar por instancia privada tres sociedades inactivas con CIF revocado. La ley exige escritura pública o sentencia judicial para disolver y extinguir sociedades.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la negativa del Registro Mercantil de Albacete a cancelar las hojas registrales de tres SL inactivas mediante simple instancia privada. El administrador alegaba imposibilidad práctica por tener el CIF revocado y las hojas cerradas por fa…

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Título oficial completo

Resolución de 23 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador mercantil y de bienes muebles de Albacete, por la que se rechaza la solicitud de cancelación y cierre de sus hojas registrales.

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