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El Registro de la Propiedad rechaza una herencia por desheredación mal formulada en testamento ológrafo

22 Oct 2026 0 visitas
A quién afecta:
Herederos, legitimarios, notarios y registradores en procesos sucesorios con desheredación

Resumen

La Dirección General confirma que no basta con expresar sentimientos en el testamento para desheredar a los hijos; hay que citar la causa legal concreta. Sin ello, los legitimarios deben participar en la partición.

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La resolución confirma la negativa registral a inscribir una adjudicación hereditaria derivada de un testamento ológrafo en el que el causante excluía a sus tres hijos por 'desprecio y abandono', sin citar ninguna causa legal de desheredación de las previstas en los arts. 848-849 del Código Civil. La DGSJFP reitera que…

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Título oficial completo

Resolución de 2 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de registradora de la propiedad de Cartagena n.º 4 a inscribir determinada adjudicación hereditaria.

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