Inmobiliario BOE Importancia: 3/10

El Registro de la Propiedad puede rechazar inscribir una sentencia que condena a firmar escritura de compraventa

17 Jun 2026 10 visitas
A quién afecta:
Compradores de inmuebles con sentencia judicial y registradores de la propiedad

Resumen

Una sentencia que obliga a otorgar escritura pública no es directamente inscribible en el Registro. Primero hay que firmar la escritura notarial y cumplir los requisitos formales.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica resuelve que una sentencia que condena al demandado a otorgar escritura pública de compraventa no puede inscribirse directamente en el Registro de la Propiedad. El registrador de Vera suspendió la inscripción por dos motivos: la sentencia ordena el otorgamiento de escritura, n…

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Título oficial completo

Resolución de 10 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Vera a inscribir el testimonio de una sentencia judicial.

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