Inmobiliario BOE Importancia: 4/10

El Registro de la Propiedad puede rechazar actas notariales que no generan ningún asiento registral

16 Jul 2026 26 visitas
A quién afecta:
Empresas y particulares que pretendan anotar medidas cautelares o procedimientos judiciales en el Registro de la Propiedad

Resumen

La Dirección General confirma que el registrador puede denegar la presentación de actas notariales de manifestaciones que no pueden provocar ninguna operación registral. Para anotar medidas cautelares se necesita mandamiento judicial, no una simple solicitud privada.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la denegación de presentación de un acta de manifestaciones en el Registro de la Propiedad de San Vicente del Raspeig. El registrador aplicó el artículo 420.3 del Reglamento Hipotecario, que permite rechazar documentos que por su natural…

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Título oficial completo

Resolución de 9 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de San Vicente del Raspeig, por el que se deniega la práctica de un asiento de presentación de un acta de manifestaciones que incorpora determinada documentación.

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