Inmobiliario BOE Importancia: 4/10

El Registro de la Propiedad puede denegar solicitudes de número de alquiler turístico si la vivienda no está en su demarcación

24 Jul 2026 20 visitas
A quién afecta:
Propietarios que soliciten número de registro de alquiler de corta duración (turístico)

Resumen

La Dirección General resuelve que es válido denegar el registro de alquiler de corta duración si la finca no pertenece a ese Registro. El propietario debe acudir al Registro competente según la ubicación de su vivienda.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública confirma que el Registro de la Propiedad de Segovia n.º 1 actuó correctamente al denegar la solicitud de número de registro de alquiler de corta duración, porque la finca no estaba en su demarcación territorial. Se establece que identificar correctamente la finca …

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Título oficial completo

Resolución de 24 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la denegación del asiento de presentación de la registradora de la propiedad de Segovia n.º 1, en relación a la denegación del asiento de presentación en el Libro Diario de la solicitud de asignación del número de registro de alquiler de corta duración, por no hallarse la finca situada en la demarcación territorial de dicho Registro.

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