Inmobiliario BOE Importancia: 3/10

El Registro de la Propiedad puede denegar documentos si no son copias autorizadas electrónicas originales

06 Aug 2026 5 visitas
A quién afecta:
Ciudadanos y profesionales que presenten documentos telemáticamente en el Registro de la Propiedad

Resumen

Un ciudadano intentó cambiar la titularidad de un piso enviando documentos al Registro de la Propiedad, pero fueron rechazados por no ser copias autorizadas electrónicas válidas. La Dirección General confirma la denegación.

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La resolución confirma que el Registro de la Propiedad de Madrid n.º 9 actuó correctamente al denegar el asiento de presentación de documentos enviados telemáticamente, ya que el recurrente aportó un PDF o fotocopia de la copia notarial en lugar de una copia autorizada electrónica expedida por el notario con firma elec…

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Título oficial completo

Resolución de 6 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Madrid n.º 9, por la que se deniega la práctica de un asiento de presentación.

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