Inmobiliario BOE Importancia: 4/10

El Registro de la Propiedad no puede rechazar el modelo informativo de alquiler turístico por discrepancia en el número de huéspedes

08 Aug 2026 6 visitas
A quién afecta:
Propietarios de viviendas turísticas y registradores de la propiedad

Resumen

La Dirección General resuelve que una diferencia en el número máximo de huéspedes no es motivo válido para denegar el depósito del modelo informativo de alquileres de corta duración en el Registro.

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La DGSJFP estima el recurso contra la calificación negativa de la registradora de Sevilla nº17, que denegó el depósito del modelo informativo de arrendamientos de corta duración por discrepancia entre el número máximo de huéspedes del modelo y el que constaba en el NRUA. La resolución establece que dicho depósito tiene…

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Título oficial completo

Resolución de 30 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa emitida por la registradora de la propiedad de Sevilla n.º 17, denegando el depósito del modelo informativo de arrendamientos de corta duración asociado a una finca.

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