Inmobiliario BOE Importancia: 4/10

El Registro de la Propiedad no puede negar la presentación de escritos aunque no sean inscribibles

10 Jul 2026 0 visitas
A quién afecta:
Empresas y particulares que presenten documentos en registros de la propiedad

Resumen

La Dirección General resuelve que un registro no puede denegar el asiento de presentación de una instancia privada. La presentación y la inscripción son trámites distintos.

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La DGRSJFP resuelve un recurso contra la negativa del Registro de la Propiedad de Navalcarnero nº2 a practicar el asiento de presentación de una instancia privada solicitando la nulidad de un embargo de la AEAT. Tras la Ley 11/2023, el artículo 246 LH introduce un recurso exprés específico para estos casos, con plazos …

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Título oficial completo

Resolución de 9 de enero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Navalcarnero n.º 2, por la que deniega la práctica del asiento de presentación de una instancia.

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