Inmobiliario BOE Importancia: 5/10

El Registro de la Propiedad no puede exigir licencia municipal para asignar número de alquiler turístico si ya existe actividad previa

09 Jul 2026 1 visitas
A quién afecta:
Propietarios de viviendas turísticas en comunidades con estatutos restrictivos y registradores de la propiedad

Resumen

La DGRSJFP resuelve que la prohibición de alquiler turístico aprobada por una comunidad de propietarios no afecta a pisos que ya ejercían esa actividad antes del acuerdo.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la negativa del Registro de la Propiedad de Madrid n.º 27 a asignar números de registro de alquiler turístico a dos pisos. El registrador exigía licencia urbanística municipal y advertía de una prohibición estatutaria de la comunidad de …

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Título oficial completo

Resolución de 27 de febrero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa emitida por la registradora de la propiedad de Madrid n.º 27, suspendiendo la asignación de número de registro de alquiler solicitado para dos pisos.

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