Inmobiliario BOE Importancia: 6/10

El Registro de la Propiedad no puede exigir declarar la obra nueva para asignar el número de alquiler turístico

09 Jul 2026 3 visitas
A quién afecta:
Propietarios de viviendas de alquiler vacacional con edificación no inscrita en el Registro

Resumen

La DGSJFP resuelve que el registrador no puede bloquear el número de registro de alquiler vacacional por no constar la obra nueva inscrita si la vivienda existe según el Catastro y tiene licencia turística.

Análisis detallado PRO

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la negativa del Registro de la Propiedad de Palma de Mallorca nº10 a asignar el número de registro de alquiler de corta duración por no constar declarada la obra nueva. El propietario aportó recibo del IBI con edificación catastral y aut…

Contenido exclusivo PRO

Implicaciones prácticas, plazos y recomendaciones específicas para tu sector.

Crear cuenta gratis Ver planes PRO

Título oficial completo

Resolución de 27 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Palma de Mallorca n.º 10, por la que se suspende la asignación del número de registro de alquiler de corta duración solicitado y la práctica de la correspondiente nota marginal, por no constar declarada la obra nueva de la unidad alojativa sobre la que se solicita dicho número.

Espacio patrocinado
Patrocina la categoría Inmobiliario

Tu marca ante miles de empresas y autónomos que consultan los cambios legales de tu sector.

Quiero patrocinarla

Normativas relacionadas