Inmobiliario BOE Importancia: 3/10

El Registro de la Propiedad no puede cancelar una hipoteca por instancia privada aunque se alegue nulidad

10 Aug 2026 40 visitas
A quién afecta:
Particulares que pretendan cancelar asientos registrales mediante instancia privada alegando nulidad

Resumen

La DGSJFP confirma que cancelar un asiento registral requiere sentencia judicial o consentimiento del titular, no basta una instancia privada alegando nulidad.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la negativa del Registro de la Propiedad de Santiago de Compostela a cancelar un crédito hipotecario de UCI mediante instancia privada. La recurrente alegaba nulidad radical por inscripción fuera de plazo, falta de ejecutividad del títul…

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Título oficial completo

Resolución de 13 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Santiago de Compostela n.º 1, por la que se suspende la cancelación de un crédito hipotecario en virtud de instancia privada.

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