Inmobiliario BOE Importancia: 4/10

El registro de arrendamientos rústicos parciales requiere georreferenciación de la parte arrendada

27 Apr 2026 21 visitas
A quién afecta:
Propietarios agrícolas, arrendatarios rústicos, notarios y gestores de fincas rurales

Resumen

La DGRN establece que para inscribir un arrendamiento rústico sobre parte de una finca es obligatorio aportar la georreferenciación de esa porción. Afecta a contratos de arrendamiento rural que no cubren la totalidad de la finca registral.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la calificación del registrador de la propiedad de Mula, que suspendió la inscripción de un arrendamiento rústico por falta de georreferenciación de la parte de finca afectada. La resolución confirma que cuando el derecho real o personal…

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Título oficial completo

Resolución de 26 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Mula, por la que se suspende la inscripción de un derecho de arrendamiento rústico sobre parte de una finca registral, por no aportarse la georreferenciación de la parte de la finca sobre la que se constituye el derecho de superficie.

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