Inmobiliario BOE Importancia: 6/10

El registro de alquiler turístico puede denegarse si los estatutos de la comunidad de propietarios lo prohíben

10 Jul 2026 0 visitas
A quién afecta:
Propietarios de viviendas turísticas en comunidades con estatutos que prohíban el alquiler vacacional

Resumen

La Dirección General confirma que el Registro de la Propiedad puede denegar el número de registro único de alquiler turístico si los estatutos de la comunidad prohíben ese uso, aunque exista licencia administrativa previa.

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La resolución confirma la calificación suspensiva de la registradora de Málaga nº 13, que denegó el número de registro único de alquiler de corta duración turístico por existir prohibición estatutaria inscrita en 2020, anterior a la habilitación administrativa del propietario (2022). La DGSJFP establece que el Registro…

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Título oficial completo

Resolución de 5 de enero de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Málaga n.º 13, por la que se suspende la asignación de un número de registro único de alquiler de corta duración turístico por existir prohibición estatutaria previa a la correspondiente habilitación administrativa.

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