Inmobiliario BOE Importancia: 6/10

El registro de alquiler turístico puede bloquearse si la comunidad de vecinos lo prohíbe en sus estatutos

09 Jul 2026 3 visitas
A quién afecta:
Propietarios de viviendas turísticas en comunidades de propietarios con prohibición estatutaria

Resumen

Un propietario no puede obtener número de registro para alquiler turístico si su comunidad aprobó previamente una prohibición. El Registro de la Propiedad puede suspender la asignación hasta que se modifiquen los estatutos.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica confirma que el registrador puede suspender la asignación del número de registro de alquiler de corta duración turístico cuando consta inscrita en el Registro de la Propiedad una prohibición comunitaria para uso turístico. En este caso, la comunidad aprobó la prohibición en di…

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Título oficial completo

Resolución de 12 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Ávila n.º 2, por la que se suspende la asignación de un número de registro de alquiler de corta duración turístico por constar en los estatutos una prohibición para uso turístico.

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