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Agosto de 2026 no cuenta en los plazos de la oposición de personal laboral del Ministerio de Inclusión

27 Jul 2026 En vigor: 27 Jul 2026 7 visitas
A quién afecta:
Aspirantes al proceso selectivo de personal laboral fijo del Ministerio de Inclusión, SS y Migraciones

Resumen

El mes de agosto de 2026 se declara inhábil para el cómputo del plazo administrativo en el proceso selectivo de personal laboral fijo del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Esto da más tiempo para publicar las listas de admitidos y excluidos.

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La Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones declara inhábil agosto de 2026 exclusivamente para el cómputo del plazo de un mes que tiene el órgano convocante para publicar las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos. La medida afecta al proceso selectivo de personal laboral fijo en…

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Título oficial completo

Resolución de 20 de julio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se declara inhábil el mes de agosto de 2026, a efectos del cómputo del plazo, en relación con el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, como personal laboral fijo, en los grupos profesionales M3, M2, M1, E2 y E1, sujetos al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, convocado por Resolución de 2 de julio de 2026.

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