Datos clave
| Normativa | Decisión (PESC) 2026/1939 del Consejo, de 7 de agosto de 2026 |
|---|---|
| Norma modificada | Decisión 2014/145/PESC (marco sancionador vigente desde la anexión de Crimea) |
| Publicación | 7 de agosto de 2026 |
| Entrada en vigor | 7 de agosto de 2026 (efecto inmediato) |
| Afectados | Empresas y personas con vínculos comerciales o financieros con Rusia o entidades sancionadas |
| Medidas aplicadas | Congelación de activos y prohibición de viajar al espacio Schengen |
| Marco legal en España | Ley 10/2021 (responsabilidad penal y administrativa por incumplimiento) |
| Categoría | Normativa Europea — Sanciones restrictivas |
| Referencia CELEX | 32026D1939 |
Si tu empresa opera con contrapartes rusas, exporta a mercados vinculados con Rusia o gestiona activos de personas con nacionalidad o residencia rusa, esta decisión te afecta desde hoy mismo. La Decisión (PESC) 2026/1939, publicada el 7 de agosto de 2026, modifica el marco sancionador europeo vigente desde 2014 y añade nuevos designados a la lista consolidada de la UE.
No se trata de una advertencia: el incumplimiento de estas sanciones tiene consecuencias penales y administrativas en España, reguladas por la Ley 10/2021. La obligación de verificar y actuar es inmediata.
¿Qué establece esta normativa?
La Decisión 2026/1939 modifica la Decisión 2014/145/PESC, el marco sancionador que la UE estableció tras la anexión ilegal de Crimea por parte de Rusia. Desde entonces, este marco se actualiza periódicamente para añadir o modificar la lista de personas físicas y jurídicas sujetas a medidas restrictivas.
Las dos medidas restrictivas que aplican a todos los designados en la lista son:
- Congelación de activos: todos los fondos y recursos económicos pertenecientes a los designados, o que estén en su posesión o bajo su control, deben ser inmovilizados. Ninguna empresa o entidad puede poner fondos a su disposición.
- Prohibición de viajar al espacio Schengen: los designados no pueden entrar ni transitar por el territorio de los Estados miembros de la UE.
La actualización de agosto de 2026 incorpora nuevas personas físicas y jurídicas a esta lista por considerar que sus acciones menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.
| Aspecto | Decisión 2014/145/PESC (original) | Decisión 2026/1939 (modificación) |
|---|---|---|
| Ámbito | Marco sancionador inicial tras anexión de Crimea | Mismo marco, lista de designados ampliada |
| Medidas | Congelación de activos + prohibición de viaje Schengen | Idénticas medidas, nuevos sujetos afectados |
| Vigencia | Desde 2014, con actualizaciones periódicas | Efecto inmediato desde el 7 de agosto de 2026 |
| Responsabilidad en España | Ley 10/2021 | Ley 10/2021 (sin cambios en el régimen sancionador) |
Impacto económico y operativo
El impacto directo para las empresas españolas no es una tasa ni un coste fijo: es el riesgo de incurrir en responsabilidad penal y administrativa por mantener relaciones con los nuevos designados. La Ley 10/2021 establece que el incumplimiento de las sanciones de la UE puede derivar en sanciones penales y administrativas para la empresa y sus directivos.
Los costes operativos reales se concentran en tres áreas:
- Revisión y actualización de sistemas de compliance: los departamentos de cumplimiento normativo deben incorporar la nueva lista consolidada a sus herramientas de screening de contrapartes.
- Auditoría de relaciones comerciales y financieras activas: contratos en vigor, pagos pendientes, líneas de crédito o cualquier relación con entidades que puedan estar vinculadas a los nuevos designados.
- Paralización inmediata de operaciones: si se detecta una contraparte sancionada, la empresa está obligada a congelar la relación de forma inmediata, lo que puede generar costes de ruptura contractual o pérdida de negocio.
Para los operadores financieros (bancos, aseguradoras, gestoras, entidades de pago), la obligación es especialmente crítica: deben bloquear cualquier transacción con los nuevos designados y notificar a las autoridades competentes.
¿A quién afecta?
- Operadores financieros: bancos, cajas, entidades de crédito, aseguradoras, gestoras de fondos y entidades de pago con clientes o contrapartes rusas.
- Exportadores e importadores: empresas con actividad comercial hacia o desde Rusia, Bielorrusia o territorios controlados por Rusia.
- Empresas con actividad internacional que mantengan contratos, joint ventures o relaciones de suministro con entidades rusas o con filiales de grupos sancionados.
- Asesores, consultoras y despachos de abogados que presten servicios a personas físicas o jurídicas que puedan estar en la lista.
- CFOs y directores financieros responsables de la supervisión del cumplimiento de sanciones en sus organizaciones.
- Departamentos de compliance y legal de cualquier empresa con exposición a mercados de Europa del Este.
Ejemplo práctico
Una empresa española de maquinaria industrial mantiene un contrato de suministro activo con una empresa rusa. El 7 de agosto de 2026, la UE publica la Decisión 2026/1939 y esa empresa rusa —o su propietario mayoritario— aparece en la nueva lista de designados.
Desde ese mismo día, la empresa española tiene la obligación legal de:
- Suspender cualquier entrega, pago o prestación de servicios pendiente.
- Congelar cualquier fondo que la empresa rusa tenga en su poder o bajo su control.
- Notificar la situación a las autoridades competentes españolas.
- Documentar todas las acciones tomadas para acreditar el cumplimiento.
Si la empresa española continúa ejecutando el contrato sin verificar la lista actualizada, incurre en responsabilidad penal y administrativa conforme a la Ley 10/2021, con independencia de que el incumplimiento fuera involuntario. La ignorancia de la lista no exime de responsabilidad.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Actualizar inmediatamente los sistemas de screening de contrapartes con la nueva lista consolidada de la UE, disponible en EUR-Lex y en el portal de sanciones financieras de la UE.
- Auditar todas las relaciones comerciales y financieras activas con contrapartes rusas, bielorrusas o vinculadas a territorios bajo control ruso para detectar posibles coincidencias con los nuevos designados.
- Paralizar de forma inmediata cualquier operación, pago o entrega pendiente con contrapartes que aparezcan en la lista actualizada.
- Notificar a las autoridades competentes si se detecta que se mantienen activos o relaciones con personas o entidades sancionadas.
- Documentar todas las acciones de verificación realizadas: fecha, fuente consultada, resultado y decisión adoptada. Esta documentación es clave para demostrar diligencia en caso de inspección.
- Revisar los contratos en vigor con asesores legales para evaluar si la aparición de una contraparte en la lista activa cláusulas de fuerza mayor o resolución contractual.
- Formar al equipo de compliance y al personal comercial sobre la obligación de verificar la lista antes de iniciar cualquier nueva relación comercial o financiera.
El incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear responsabilidad penal y administrativa en España conforme a la Ley 10/2021, tanto para la empresa como para sus directivos y administradores.
Preguntas frecuentes
¿Dónde puedo consultar la lista actualizada de sancionados por la UE tras la Decisión 2026/1939?
La lista consolidada de personas y entidades sancionadas se publica en el Diario Oficial de la UE (EUR-Lex) y se actualiza en el portal de sanciones financieras de la UE. La referencia de esta actualización es CELEX:32026D1939, publicada el 7 de agosto de 2026. Es obligatorio consultar siempre la versión consolidada más reciente, no la original de 2014.
¿Qué pasa si mi empresa tiene un contrato activo con una empresa que ahora aparece en la lista de sancionados?
Debes suspender de forma inmediata cualquier entrega, pago o prestación de servicios. Además, debes congelar los fondos que esa entidad tenga bajo tu control y notificarlo a las autoridades competentes. El incumplimiento, aunque sea involuntario, puede generar responsabilidad penal y administrativa en España conforme a la Ley 10/2021. La verificación de la lista es una obligación de diligencia continua, no puntual.
¿Cuándo entró en vigor la ampliación de sanciones de agosto de 2026?
La Decisión (PESC) 2026/1939 entró en vigor el mismo día de su publicación: el 7 de agosto de 2026. No existe periodo de adaptación ni plazo de gracia. Las obligaciones de verificación y cumplimiento son exigibles desde esa fecha.
¿A qué tipo de empresas afectan estas sanciones en España?
Afectan a cualquier empresa o persona física española que mantenga relaciones comerciales, financieras o de cualquier tipo con los designados en la lista. Esto incluye especialmente a operadores financieros (bancos, aseguradoras, gestoras), exportadores e importadores con actividad hacia Rusia o territorios controlados por Rusia, y empresas con contratos o joint ventures con entidades rusas. Los asesores y consultoras que presten servicios a personas en la lista también están afectados.
¿Qué medidas concretas aplican a las personas y entidades incluidas en la lista?
Las dos medidas restrictivas que aplica la UE son: (1) congelación de activos, que obliga a inmovilizar todos los fondos y recursos económicos de los designados y prohíbe poner fondos a su disposición; y (2) prohibición de viajar al espacio Schengen, que impide su entrada o tránsito por el territorio de los Estados miembros de la UE.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://eur-lex.europa.eu/./legal-content/AUTO/?uri=CELEX:32026D1939