Datos clave
| Normativa | Resolución de 13 de octubre de 2026, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, al Subgrupo A1 |
|---|---|
| Publicación | 20 de octubre de 2026 |
| Entrada en vigor | No especificada |
| Plazas convocadas | 2 plazas de médico |
| Subgrupo | A1, Administración Especial |
| Sistema de acceso | Oposición libre (turno libre) |
| Tasa de participación | 30,57 euros |
| Plazo de solicitud | 10 días hábiles desde la publicación en el DOGV |
| Presentación | Exclusivamente electrónica a través de la sede electrónica de la UPV |
| Categoría | Sector Público |
| Fuente | BOE-A-2026-21843 |
La Universitat Politècnica de València abre la puerta a dos puestos de médico de nivel A1 en su plantilla de Administración Especial. La convocatoria, publicada el 20 de octubre de 2026 y referenciada como BOE-A-2026-21843, se rige por el sistema general de acceso libre y establece un plazo de solicitud extremadamente corto: 10 días hábiles contados desde la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), que actúa como referencia para el cómputo de plazos.
Para los médicos que buscan estabilidad en el empleo público universitario, esta convocatoria es una oportunidad directa y acotada. No hay margen para demorarse.
¿Qué establece esta normativa?
La resolución convoca pruebas selectivas de acceso al Subgrupo A1, Administración Especial, para cubrir 2 plazas de médico en la Universitat Politècnica de València mediante el sistema general de oposición por turno libre.
Los puntos clave del procedimiento son los siguientes:
| Aspecto | Detalle |
|---|---|
| Plazas | 2 plazas de médico |
| Subgrupo y escala | A1, Administración Especial |
| Sistema de acceso | Oposición libre (turno libre) |
| Plazo de solicitud | 10 días hábiles desde publicación en el DOGV |
| Referencia de plazos | DOGV (no el BOE) |
| Forma de presentación | Exclusivamente electrónica, a través de la sede electrónica de la UPV. Solo se admite presentación no electrónica en caso de excepcionalidad técnica acreditada |
| Tasa de participación | 30,57 euros |
| Titulación requerida | Titulación universitaria habilitante (graduado o licenciado en Medicina) |
| Requisitos generales | Cumplir los requisitos generales de acceso al empleo público |
| Adaptaciones por discapacidad | Deben solicitarse en el momento de presentar la instancia |
Respecto a las exenciones de la tasa de 30,57 euros, la convocatoria reconoce tres supuestos:
- Miembros de familias numerosas de categoría especial
- Víctimas de violencia de género
- Personas con discapacidad igual o superior al 33%
Impacto económico y operativo
El coste directo para el aspirante es reducido: 30,57 euros de tasa de participación. Este importe es no reembolsable salvo que la convocatoria sea retirada por causas imputables a la administración. Tres colectivos quedan exentos de su pago (familias numerosas especiales, víctimas de violencia de género y personas con discapacidad igual o superior al 33%).
El impacto operativo más relevante es el plazo extremadamente corto: 10 días hábiles desde la publicación en el DOGV. Esto significa que cualquier aspirante que no esté preparado con la documentación en el momento de la publicación puede perder la oportunidad. La presentación es exclusivamente electrónica a través de la sede electrónica de la UPV, lo que exige disponer de certificado digital o sistema de identificación electrónica válido.
Para la propia universidad, la convocatoria supone la incorporación de hasta 2 profesionales sanitarios a su plantilla de Administración Especial en el nivel más alto (A1), con las implicaciones presupuestarias y de gestión de recursos humanos que ello conlleva.
¿A quién afecta?
- Graduados y licenciados en Medicina que busquen empleo público estable en el ámbito universitario en la Comunitat Valenciana
- Médicos en activo que deseen trasladarse o ampliar su actividad al sector universitario público
- Personas con discapacidad igual o superior al 33% con titulación en Medicina, que tienen exención de tasa y derecho a solicitar adaptaciones
- Víctimas de violencia de género con titulación habilitante, con exención de tasa
- Miembros de familias numerosas de categoría especial con titulación en Medicina, con exención de tasa
- Asesores y gestores de RRHH de instituciones universitarias que deban informar a potenciales candidatos internos
Ejemplo práctico
Un médico graduado que trabaja actualmente en el sector privado en Valencia y quiere acceder al empleo público universitario debe actuar así desde el día de publicación en el DOGV:
- Accede a la sede electrónica de la UPV con su certificado digital.
- Cumplimenta la instancia de participación, indicando si solicita adaptaciones (en caso de discapacidad igual o superior al 33%, debe hacerlo en este momento, no después).
- Abona la tasa de 30,57 euros a través del sistema de pago habilitado (o acredita su exención si pertenece a alguno de los tres colectivos exentos).
- Presenta la solicitud antes de que venza el plazo de 10 días hábiles desde la publicación en el DOGV.
Si el aspirante tiene una discapacidad reconocida del 33% o superior, no solo queda exento de los 30,57 euros, sino que puede solicitar las adaptaciones necesarias para realizar las pruebas en igualdad de condiciones. Este trámite es obligatorio hacerlo en el momento de la instancia: no se puede solicitar con posterioridad.
¿Qué deben hacer los aspirantes ahora?
- Verificar la fecha de publicación en el DOGV para calcular con exactitud el último día hábil del plazo de solicitud (10 días hábiles desde esa fecha, no desde el BOE).
- Comprobar que se cumple la titulación habilitante: se requiere graduado o licenciado en Medicina y los requisitos generales de acceso al empleo público.
- Obtener o renovar el certificado digital si no se dispone de él, ya que la presentación es exclusivamente electrónica a través de la sede electrónica de la UPV.
- Verificar si se tiene derecho a exención de la tasa (familia numerosa especial, víctima de violencia de género o discapacidad igual o superior al 33%) y preparar la documentación acreditativa.
- Solicitar adaptaciones en la instancia si se tiene alguna discapacidad reconocida: este trámite no puede realizarse después de presentar la solicitud.
- Abonar la tasa de 30,57 euros (o acreditar la exención) en el momento de presentar la instancia.
- Consultar la convocatoria completa en la fuente oficial para conocer el temario, el sistema de puntuación y las fases del proceso selectivo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta presentarse a las plazas de médico de la UPV en 2026?
La tasa de participación es de 30,57 euros. Están exentos de este pago los miembros de familias numerosas de categoría especial, las víctimas de violencia de género y las personas con discapacidad igual o superior al 33%.
¿Cuál es el plazo para solicitar las plazas de médico en la UPV?
El plazo es de 10 días hábiles contados desde la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). El DOGV es la referencia para el cómputo de plazos, no el BOE.
¿Cómo se presenta la solicitud para la oposición de médico en la UPV?
La presentación es exclusivamente electrónica a través de la sede electrónica de la UPV. Solo se admite la presentación no electrónica en casos de excepcionalidad técnica debidamente acreditada. Es imprescindible disponer de certificado digital u otro sistema de identificación electrónica válido.
¿Qué titulación se necesita para optar a las plazas de médico del Subgrupo A1 en la UPV?
Se requiere una titulación universitaria habilitante, es decir, el grado o licenciatura en Medicina, además de cumplir los requisitos generales de acceso al empleo público establecidos en la legislación vigente.
¿Puedo solicitar adaptaciones si tengo discapacidad para las pruebas de la UPV?
Sí. Las personas con discapacidad pueden solicitar las adaptaciones necesarias para realizar las pruebas en igualdad de condiciones. Sin embargo, esta solicitud debe realizarse en el momento de presentar la instancia: no es posible pedirla con posterioridad. Además, si la discapacidad reconocida es igual o superior al 33%, se tiene derecho a la exención de la tasa de 30,57 euros.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21843