Datos clave
| Normativa | Acuerdo de 15 de octubre de 2026 de la Comisión de Selección (art. 305 LOPJ) |
|---|---|
| Publicación BOE | 20 de octubre de 2026 |
| Entrada en vigor | 20 de octubre de 2026 |
| Convocatoria origen | Acuerdo de 4 de junio de 2026 |
| Plazas Escuela Judicial | 375 (carrera judicial) |
| Plazas Centro de Estudios Jurídicos | 200 (carrera fiscal) |
| Total plazas convocadas | 575 |
| Categoría | Sector Público — Oposiciones judiciales |
| Recurso disponible | Contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo (plazo: 2 meses desde publicación en BOE) |
575 plazas para acceder a las carreras judicial y fiscal en España: esa es la cifra que mueve el proceso selectivo convocado en junio de 2026. Con la publicación del Acuerdo de 15 de octubre de 2026 de la Comisión de Selección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el proceso entra en su fase definitiva. La lista de admitidos y excluidos ya no admite modificaciones para quienes no recurrieron, y el primer ejercicio tiene fecha y lugar señalados.
Este acuerdo, publicado en el BOE del 20 de octubre de 2026, cierra la fase administrativa previa al examen y marca el punto de no retorno para miles de opositores.
¿Qué establece esta normativa?
El acuerdo aprobado por la Comisión de Selección del CGPJ, prevista en el artículo 305 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, establece tres decisiones concretas y vinculantes:
- Aprobación de la relación definitiva de admitidos y excluidos para las pruebas selectivas de ingreso en la Escuela Judicial (375 plazas) y en el Centro de Estudios Jurídicos (200 plazas), convocadas el 4 de junio de 2026.
- Cambio en la composición del Tribunal calificador número 1: el Magistrado Francisco José Goyena Salgado, que renunció, es sustituido por la Magistrada María Ángeles García Medina.
- Señalamiento de los lugares de celebración del primer ejercicio para todos los aspirantes admitidos.
Un dato crítico: los aspirantes excluidos que no presentaron recurso en el plazo establecido quedan definitivamente fuera del proceso. No existe una segunda oportunidad administrativa en esta fase.
| Decisión | Detalle |
|---|---|
| Lista definitiva admitidos/excluidos | Aprobada con carácter definitivo e irrevocable para quienes no recurrieron |
| Sustitución en Tribunal calificador nº 1 | Francisco José Goyena Salgado (renuncia) → María Ángeles García Medina |
| Lugares primer ejercicio | Señalados en el mismo acuerdo para todos los admitidos |
| Vía de recurso disponible | Recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo |
| Plazo de recurso | 2 meses desde la publicación en el BOE (desde el 20 de octubre de 2026) |
Impacto económico y operativo
Este tipo de normativa no genera costes directos para empresas, pero sí tiene implicaciones operativas relevantes para despachos de abogados, academias de oposiciones y los propios aspirantes:
- Academias y preparadores: el cierre de la lista definitiva activa la fase de preparación intensiva del primer ejercicio. Los centros de formación deben ajustar sus calendarios a las fechas y lugares señalados.
- Aspirantes excluidos: quienes no recurrieron en plazo pierden el derecho a participar en esta convocatoria. La única vía que queda abierta es el recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, con un plazo de 2 meses desde el 20 de octubre de 2026, es decir, hasta el 20 de diciembre de 2026 aproximadamente.
- Aspirantes admitidos: deben verificar el lugar asignado para el primer ejercicio, ya que un error logístico (presentarse en el lugar equivocado) puede suponer la exclusión automática del proceso.
- Cambio en el tribunal: la sustitución de un magistrado en el Tribunal calificador número 1 no altera las bases de la convocatoria, pero puede tener influencia en el criterio evaluador del primer ejercicio.
¿A quién afecta?
- Opositores a la carrera judicial que aspiran a las 375 plazas de la Escuela Judicial.
- Opositores a la carrera fiscal que aspiran a las 200 plazas del Centro de Estudios Jurídicos.
- Aspirantes excluidos que aún estén valorando si interponer recurso contencioso-administrativo.
- Academias de oposiciones judiciales que preparan a los candidatos admitidos.
- Despachos de abogados y asesorías jurídicas con empleados o colaboradores que participan en el proceso selectivo.
- Magistrados y miembros del Tribunal calificador número 1, cuya composición queda modificada.
Ejemplo práctico
Un aspirante a fiscal que presentó su solicitud en junio de 2026 y recibió notificación de exclusión provisional por un defecto documental, pero no presentó reclamación en el plazo habilitado, queda definitivamente excluido del proceso con la publicación de este acuerdo el 20 de octubre de 2026.
Su única opción ahora es interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo antes del 20 de diciembre de 2026 (2 meses desde la publicación en el BOE). Este recurso no paraliza automáticamente el proceso selectivo, por lo que las pruebas continuarán con los admitidos mientras se resuelve el litigio.
Por otro lado, un aspirante admitido a la carrera judicial debe consultar el acuerdo para conocer el lugar exacto de celebración del primer ejercicio. Presentarse en un lugar distinto al asignado equivale a no presentarse: exclusión inmediata del proceso para las 375 plazas de la Escuela Judicial.
¿Qué deben hacer los aspirantes ahora?
- Verificar el estado en la lista definitiva: consultar el acuerdo publicado en el BOE del 20 de octubre de 2026 para confirmar si figuran como admitidos o excluidos.
- Si estás admitido, localizar el lugar del primer ejercicio: el acuerdo señala expresamente los lugares de celebración. Anótalos y confírmalos con antelación suficiente.
- Si estás excluido y no recurriste en plazo: valorar con un abogado especializado la viabilidad de un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. El plazo es de 2 meses desde el 20 de octubre de 2026.
- Tomar nota del cambio en el Tribunal calificador nº 1: la Magistrada María Ángeles García Medina sustituye al Magistrado Francisco José Goyena Salgado. Puede ser relevante para anticipar el estilo evaluador del primer ejercicio.
- Academias y preparadores: ajustar el calendario de preparación a las fechas y sedes señaladas en el acuerdo para el primer ejercicio.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas plazas hay en las oposiciones a juez y fiscal de 2026?
La convocatoria de junio de 2026 ofrece un total de 575 plazas: 375 para ingreso en la Escuela Judicial (carrera judicial) y 200 para ingreso en el Centro de Estudios Jurídicos (carrera fiscal).
¿Qué pasa si fui excluido y no recurrí en plazo?
Quedas definitivamente excluido del proceso selectivo. La única vía disponible es interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de 2 meses desde la publicación del acuerdo en el BOE (desde el 20 de octubre de 2026, el plazo vence aproximadamente el 20 de diciembre de 2026).
¿Quién sustituye al magistrado en el Tribunal calificador número 1?
La Magistrada María Ángeles García Medina sustituye al Magistrado Francisco José Goyena Salgado, quien renunció a su cargo en el Tribunal calificador número 1, según el acuerdo de 15 de octubre de 2026.
¿Dónde se celebra el primer ejercicio de las oposiciones judiciales 2026?
Los lugares de celebración del primer ejercicio están señalados expresamente en el Acuerdo de 15 de octubre de 2026, publicado en el BOE del 20 de octubre de 2026. Cada aspirante admitido debe consultar el acuerdo para conocer su sede asignada.
¿Cómo recurrir la exclusión de las oposiciones a juez o fiscal?
Mediante recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en el plazo de 2 meses desde la publicación del acuerdo en el BOE (20 de octubre de 2026). Se recomienda asesoramiento jurídico especializado, ya que este recurso no paraliza automáticamente el proceso selectivo.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21808