Datos clave
| Normativa | Decreto 105/2026, de 3 de julio, del Consell de la Generalitat Valenciana |
|---|---|
| Publicación | 24 de julio de 2026 |
| Entrada en vigor | No especificada en la norma |
| Afectados | Comunidad universitaria de la UA: estudiantes, PDI, PAS e investigadores |
| Categoría | Educación |
| Norma que sustituye | Estatutos de la Universidad de Alicante vigentes desde 2012 |
| Ley de referencia | LOSU — Ley Orgánica 2/2023 del Sistema Universitario |
| Artículos totales | 204 artículos |
| Coste para la Generalitat | Sin coste adicional. Se asume con recursos propios de la UA |
La Universidad de Alicante opera desde 2012 con los mismos estatutos. Catorce años después, la aprobación de la Ley Orgánica 2/2023 del Sistema Universitario (LOSU) ha obligado a una renovación completa del marco estatutario. El Decreto 105/2026, de 3 de julio, aprobado por el Consell de la Generalitat Valenciana y publicado el 24 de julio de 2026, da respuesta a esa obligación con un texto de 204 artículos que redefine cómo se gobierna, se organiza y se representa la comunidad universitaria alicantina.
No se trata de un ajuste menor: el nuevo texto reorganiza los órganos de gobierno centrales, introduce herramientas de participación digital, eleva a rango estatutario figuras hasta ahora sin ese reconocimiento formal y modifica la estructura interna de Facultades y Escuelas.
¿Qué establece esta normativa?
El Decreto 105/2026 introduce cambios estructurales en cinco áreas principales. A continuación, el detalle de cada bloque:
| Área | Situación anterior (2012) | Nueva regulación (2026) |
|---|---|---|
| Marco legal de referencia | Legislación universitaria previa a la LOSU | Adaptación a la Ley Orgánica 2/2023 (LOSU) |
| Órganos de gobierno | Claustro y Consejo de Gobierno con estructura previa | Reorganización del Claustro y el Consejo de Gobierno |
| Participación electoral | Voto presencial como modalidad principal | Voto electrónico generalizado |
| Organización territorial | Sin regulación expresa de campus | Organización en campus regulada expresamente |
| Estructura de centros | Claustros de centro en Facultades y Escuelas | Eliminación de claustros de centro; sustitución por consejos |
| Igualdad y diversidad | Sin rango estatutario expreso | Unidades de igualdad, diversidad y defensoría universitaria con rango estatutario |
La reorganización del Claustro y el Consejo de Gobierno es el cambio de mayor calado en términos de gobierno institucional. Ambos órganos ven redefinidas sus composiciones y competencias para alinearse con la LOSU. Paralelamente, la introducción del voto electrónico generalizado supone un cambio de modelo en la participación de toda la comunidad universitaria en los procesos electorales internos.
En el plano organizativo, la norma regula expresamente la organización en campus, una realidad operativa que hasta ahora carecía de cobertura estatutaria. En cuanto a los centros, los claustros de centro desaparecen y son reemplazados por consejos, simplificando la estructura de representación a nivel de Facultad y Escuela.
Finalmente, las unidades de igualdad, las unidades de diversidad y la figura de la defensoría universitaria adquieren rango estatutario, lo que les otorga una posición formal y estable dentro del organigrama institucional de la UA.
Impacto económico y operativo
El decreto establece expresamente que no supone coste adicional para la Generalitat Valenciana. Todos los gastos derivados de la implantación de los nuevos estatutos —adaptación de procesos electorales al voto electrónico, creación o refuerzo de las unidades de igualdad y diversidad, reorganización de órganos de gobierno— deberán asumirse con los recursos propios de la Universidad de Alicante.
Desde el punto de vista operativo, los cambios más relevantes para la gestión diaria son:
- Implantación del voto electrónico: requiere inversión en plataformas tecnológicas y adaptación de los procesos electorales internos.
- Reconversión de claustros de centro en consejos: implica revisión de reglamentos internos de cada Facultad y Escuela.
- Creación o formalización de unidades de igualdad y diversidad: pueden requerir dotación de personal o presupuesto específico dentro del presupuesto propio de la UA.
- Regulación de campus: la nueva estructura territorial puede afectar a la distribución de competencias y recursos entre campus.
¿A quién afecta?
- Personal Docente e Investigador (PDI): afectado por la reorganización del Claustro, el Consejo de Gobierno y los nuevos consejos de centro.
- Personal de Administración y Servicios (PAS): afectado por los cambios en órganos de representación y por la reorganización de unidades institucionales.
- Estudiantes: afectados por el nuevo modelo de voto electrónico y por los cambios en los órganos de representación en centros y en el gobierno central.
- Investigadores: afectados por la nueva estructura organizativa general de la UA.
- Equipos de gobierno de Facultades y Escuelas: deben adaptar sus reglamentos internos a la nueva figura del consejo de centro, sustituyendo al anterior claustro de centro.
- Unidades de igualdad y defensoría universitaria: pasan a tener reconocimiento y obligaciones con rango estatutario.
Ejemplo práctico
Imaginemos la Facultad de Derecho de la UA. Hasta ahora, su máximo órgano colegiado de representación interna era el claustro de centro, con una composición y funciones reguladas por la normativa anterior de 2012. Con el Decreto 105/2026, ese claustro de centro queda eliminado y debe constituirse un consejo de centro en su lugar.
El equipo decanal deberá convocar un proceso electoral bajo las nuevas reglas —incluyendo la posibilidad de voto electrónico— para constituir el nuevo consejo. Los reglamentos internos de la Facultad tendrán que ser revisados y aprobados de nuevo para adaptarse al nuevo marco estatutario. Este proceso se replica en cada una de las Facultades y Escuelas de la UA, lo que supone un esfuerzo organizativo transversal para toda la institución.
¿Qué deben hacer las instituciones ahora?
- Revisar los reglamentos internos de cada Facultad y Escuela para eliminar referencias a los claustros de centro y adaptarlos a la nueva figura de consejo de centro.
- Planificar los procesos electorales internos bajo el nuevo marco, incluyendo la habilitación del voto electrónico generalizado.
- Verificar el estatus formal de las unidades de igualdad, diversidad y defensoría universitaria para asegurar que cumplen con el rango y funciones que les otorga el nuevo texto estatutario.
- Revisar la estructura de campus a la luz de la nueva regulación expresa, identificando si la distribución actual de competencias y recursos es coherente con el nuevo marco.
- Presupuestar los costes de adaptación con cargo a recursos propios de la UA, dado que la Generalitat Valenciana no aporta financiación adicional para esta transición.
- Consultar el texto íntegro del Decreto 105/2026 en el BOE para identificar disposiciones transitorias o plazos específicos de adaptación que puedan no estar recogidos en el resumen oficial.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo entran en vigor los nuevos Estatutos de la Universidad de Alicante?
El Decreto 105/2026 fue publicado el 24 de julio de 2026, pero la fecha de entrada en vigor no está especificada de forma concreta en la información disponible. Es necesario consultar el texto íntegro en el BOE para verificar si existe una disposición de entrada en vigor diferida o inmediata.
¿Qué diferencia hay entre el claustro de centro y el nuevo consejo de centro?
Los estatutos de 2012 contemplaban claustros de centro como órgano colegiado en Facultades y Escuelas. El Decreto 105/2026 elimina esta figura y la sustituye por consejos de centro. Aunque ambos son órganos de representación, el consejo responde a un modelo de gobierno más simplificado y alineado con la LOSU (Ley Orgánica 2/2023).
¿Supone algún coste para la Generalitat Valenciana la aprobación de estos estatutos?
No. El decreto establece expresamente que no supone coste adicional para la Generalitat Valenciana. Todos los gastos derivados de la implantación —voto electrónico, reorganización de órganos, creación de unidades— deben asumirse con los recursos propios de la Universidad de Alicante.
¿Por qué se han renovado los estatutos de la UA ahora?
La renovación viene impuesta por la aprobación de la Ley Orgánica 2/2023 del Sistema Universitario (LOSU), que obliga a todas las universidades españolas a adaptar sus estatutos al nuevo marco legal. Los estatutos anteriores de la UA databan de 2012 y no recogían las exigencias de la LOSU.
¿Qué es el voto electrónico generalizado que introducen los nuevos estatutos?
El Decreto 105/2026 introduce el voto electrónico como modalidad generalizada para los procesos electorales internos de la UA (elecciones a Claustro, Consejo de Gobierno, consejos de centro, etc.). Esto supone un cambio respecto al modelo anterior, basado principalmente en el voto presencial, y requerirá la habilitación de plataformas tecnológicas adecuadas.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-16095