Energía

Sondeos geotérmicos en Melilla: informe ambiental favorable y próximos pasos

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Equipo Editorial CambiosLegales
Oct 10, 2026 6 min 0 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 22 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental — informe de impacto ambiental del proyecto «Ejecución de una batería de sondeos de investigación derivados de la solicitud prórroga del permiso de investigación de minas "Melilla Geothermal Energy" n.º 001»
Publicación10 de octubre de 2026
Entrada en vigor10 de octubre de 2026
PromotorMelilla Geothermal Energy
Permiso de investigaciónn.º 001 — Ciudad Autónoma de Melilla
Número de sondeos aprobados6 (reducidos desde 9 tras modificaciones del proyecto)
Profundidad máxima de sondeos3.500 m
Lodo de perforaciónBentonita
Sistema hídricoCircuito cerrado de agua
Tipo de informeImpacto ambiental simplificado favorable
Evaluación ordinariaNo requerida para la fase de investigación
CategoríaEnergía / Investigación minera
Afectados directosMelilla Geothermal Energy y administraciones de la Ciudad Autónoma de Melilla
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Melilla Geothermal Energy obtiene luz verde ambiental para avanzar en la caracterización del yacimiento hidrotermal de la Ciudad Autónoma de Melilla. La Resolución de 22 de septiembre de 2026 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental concluye que los sondeos de investigación no precisan evaluación de impacto ambiental ordinaria, lo que despeja el camino para la fase de exploración del subsuelo.

El proyecto, vinculado a la prórroga del permiso de investigación de minas n.º 001, ha pasado por un proceso de consultas a múltiples organismos y ha requerido información adicional al promotor antes de alcanzar esta resolución favorable. La reducción de 9 a 6 sondeos fue una de las modificaciones clave que facilitó la conclusión positiva.

6
Sondeos aprobados (reducidos desde 9)
3.500 m
Profundidad máxima de perforación
Favorable
Resultado del informe ambiental simplificado

¿Qué establece esta normativa?

La resolución formula el informe de impacto ambiental simplificado para el proyecto de ejecución de una batería de sondeos de investigación geotérmica en Melilla. Los puntos técnicos y procedimentales más relevantes son:

Elemento del proyectoDetalle
ObjetivoCaracterizar el yacimiento hidrotermal de la Ciudad Autónoma de Melilla
Número de sondeos6 (proyecto modificado; el original contemplaba 9)
Profundidad máxima3.500 m
Lodo de perforaciónBentonita
Sistema hídricoCircuito cerrado de agua
Resultado del procedimientoNo es necesaria la evaluación de impacto ambiental ordinaria
Fase excluida expresamenteExplotación y construcción de planta (requiere tramitación separada)

El procedimiento incluyó consultas a múltiples organismos y requerimientos de información adicional al promotor. Tras ese proceso, la Dirección General concluyó que el proyecto de investigación, en su versión reducida a 6 sondeos, no genera impactos que justifiquen una evaluación ordinaria.

Es fundamental entender el alcance exacto de este informe: solo cubre la fase de investigación. Cualquier paso hacia la explotación comercial del recurso geotérmico o la construcción de una planta de aprovechamiento energético deberá iniciar un procedimiento ambiental independiente.

Impacto económico y operativo

Para Melilla Geothermal Energy, este informe favorable tiene un valor operativo directo: permite avanzar en la perforación de los 6 sondeos de investigación sin necesidad de someterse al proceso más largo y costoso de una evaluación de impacto ambiental ordinaria.

Desde el punto de vista operativo, los aspectos que condicionan la ejecución del proyecto son:

  • Reducción de sondeos: pasar de 9 a 6 sondeos implica una reducción del alcance inicial del proyecto de investigación, con el consiguiente ajuste en costes de perforación y logística.
  • Uso de bentonita: el lodo de perforación elegido es bentonita, un material habitual en perforaciones de este tipo, con implicaciones en la gestión de residuos y en los protocolos ambientales de obra.
  • Circuito cerrado de agua: el sistema hídrico de circuito cerrado minimiza el consumo de agua y los vertidos, lo que reduce el riesgo ambiental y facilita el cumplimiento de condiciones del informe.
  • Tramitación futura obligatoria: la fase de explotación y construcción de planta queda expresamente excluida de este procedimiento. Esto significa que, si el yacimiento resulta viable, habrá que iniciar un nuevo proceso de evaluación ambiental antes de cualquier actividad comercial.

El impacto sobre terceros (otras empresas, proveedores, sector energético regional) es limitado en esta fase: se trata de un proyecto de investigación circunscrito a la Ciudad Autónoma de Melilla.

¿A quién afecta?

  • Melilla Geothermal Energy: promotor directo del proyecto, titular del permiso de investigación de minas n.º 001. Es el único agente con obligaciones operativas derivadas de esta resolución.
  • Administraciones de la Ciudad Autónoma de Melilla: deben coordinar y supervisar la ejecución del proyecto en su territorio, así como participar en la tramitación de futuras fases.
  • Organismos consultados durante el procedimiento: participaron en el proceso de evaluación, aunque la resolución no genera nuevas obligaciones para ellos.
  • Sector energético y empresas de geotermia: este proyecto puede servir de referencia para futuros promotores de investigación geotérmica en España, especialmente en territorios con características hidrotermales similares.

Ejemplo práctico

Melilla Geothermal Energy presentó inicialmente un proyecto con 9 sondeos de investigación. Tras el proceso de consultas a organismos y los requerimientos de información adicional por parte de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la empresa modificó el proyecto reduciéndolo a 6 sondeos.

Gracias a esta adaptación, la resolución concluye que no es necesaria la evaluación de impacto ambiental ordinaria — un proceso significativamente más largo y complejo. La empresa puede ahora ejecutar los 6 sondeos a profundidades de hasta 3.500 m, usando bentonita como lodo de perforación y un sistema de circuito cerrado de agua, con el respaldo ambiental del informe simplificado favorable.

Si los sondeos confirman la viabilidad del yacimiento hidrotermal, el siguiente paso obligatorio será iniciar un nuevo procedimiento de evaluación ambiental específico para la fase de explotación y construcción de planta, que queda expresamente excluida de la resolución actual.

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¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Melilla Geothermal Energy: verificar las condiciones del informe favorable antes de iniciar la perforación. El informe simplificado puede incluir condicionantes específicos que deben cumplirse durante la ejecución de los 6 sondeos.
  2. Ajustar el plan de obra al proyecto modificado: el proyecto aprobado contempla 6 sondeos (no 9). Cualquier ampliación posterior requeriría nueva tramitación ambiental.
  3. Garantizar el uso de bentonita y circuito cerrado de agua tal como se recoge en el proyecto evaluado. Cambiar estos elementos técnicos podría invalidar el informe favorable.
  4. Planificar con antelación la tramitación de la fase de explotación: la resolución excluye expresamente la explotación y la construcción de planta. Si los sondeos son positivos, iniciar cuanto antes el proceso de evaluación ambiental para esa fase evitará retrasos en el desarrollo del proyecto.
  5. Coordinar con las administraciones de la Ciudad Autónoma de Melilla todos los permisos y autorizaciones sectoriales necesarios para la ejecución de los trabajos de perforación.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos sondeos autoriza el informe ambiental favorable para Melilla Geothermal Energy?

El informe favorable cubre la ejecución de 6 sondeos de investigación. El proyecto original contemplaba 9, pero fue reducido a 6 tras las modificaciones realizadas durante el proceso de evaluación ambiental simplificada.

¿Necesita Melilla Geothermal Energy una evaluación de impacto ambiental ordinaria para los sondeos?

No. La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental concluye expresamente que no es necesario someter el proyecto de sondeos de investigación a evaluación de impacto ambiental ordinaria. El informe simplificado favorable es suficiente para la fase de investigación.

¿La fase de explotación geotérmica en Melilla también está cubierta por este informe?

No. La resolución excluye expresamente la fase de explotación y la construcción de planta. Ambas actividades requerirán una tramitación ambiental separada e independiente antes de poder iniciarse.

¿A qué profundidad llegarán los sondeos de investigación geotérmica en Melilla?

Los sondeos de investigación alcanzarán profundidades de hasta 3.500 metros. El objetivo es caracterizar el yacimiento hidrotermal de la Ciudad Autónoma de Melilla usando bentonita como lodo de perforación y un sistema de circuito cerrado de agua.

¿Cuándo entra en vigor el informe ambiental favorable para los sondeos geotérmicos de Melilla?

La resolución fue publicada y entró en vigor el 10 de octubre de 2026, fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE-A-2026-21155).

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21155



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El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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