Novedades Fiscales

Hacienda vigila tus premios de lotería: qué datos recibe si ganas más de 20.000 €

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Equipo Editorial CambiosLegales
Sep 26, 2026 6 min 75 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 14 de septiembre de 2026, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la AEAT, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con SELAE para el suministro de información
Publicación BOE26 de septiembre de 2026
Entrada en vigor9 de septiembre de 2026
AfectadosGanadores de premios de lotería y apuestas estatales superiores a 20.000 €
CategoríaNovedades Fiscales
Ejercicio2026 (prórroga de hasta 4 años sobre el convenio original de 2022)
Umbral de notificación20.000 € (modificable por la Comisión de Seguimiento)
Organismos firmantesAgencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., SA (SELAE)
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Si ganas un premio de la Lotería Nacional, la Primitiva, el Euromillones o cualquier juego gestionado por SELAE por encima de 20.000 €, Hacienda ya tiene tus datos antes de que presentes tu declaración. La Resolución de 14 de septiembre de 2026 de la AEAT publica la adenda que prorroga y actualiza el convenio de intercambio de información firmado originalmente en 2022 entre la AEAT y SELAE.

El mecanismo no es nuevo, pero su extensión por hasta cuatro años más y la actualización de las cláusulas de seguridad lo consolidan como un sistema permanente de control fiscal sobre los grandes premios.

20.000 €
Umbral mínimo de premio que activa el envío de datos a Hacienda
Mensual
Frecuencia con la que SELAE remite los datos a la AEAT
Hasta 4 años
Duración de la prórroga del convenio desde septiembre de 2026

¿Qué establece esta normativa?

La adenda modifica y prorroga el convenio original de 2022 entre la AEAT y SELAE. Su contenido se articula en tres bloques principales:

Suministro mensual de información (automático)

SELAE enviará a la AEAT, con periodicidad mensual y de forma automática, los siguientes datos de cada ganador de un premio superior a 20.000 €:

  • Datos identificativos del ganador (nombre, NIF/NIE o CIF en el caso de personas jurídicas)
  • Importe íntegro del premio
  • Retenciones practicadas sobre el premio
  • Cuenta bancaria asociada al cobro

Suministros adicionales a petición de la AEAT

Además del flujo mensual automático, la AEAT podrá solicitar a SELAE información complementaria en casos concretos:

  • Lectura de resguardos del boleto premiado
  • Importe apostado por el ganador
  • Documentación acreditativa de ganadores que sean personas jurídicas (empresas, comunidades de bienes, etc.)

Marco legal y protección de datos

La adenda actualiza las cláusulas de seguridad al marco normativo vigente:

  • Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)
  • Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD)
  • Esquema Nacional de Seguridad (ENS)

Un punto crítico: la cesión de datos de SELAE a la AEAT no requiere el consentimiento del premiado, al amparo de la Ley General Tributaria, que habilita este intercambio con fines de control fiscal.

Por último, el umbral de 20.000 € no es inamovible: la Comisión de Seguimiento del convenio tiene potestad para modificarlo al alza o a la baja mediante acuerdo.

Impacto económico y operativo

Para la mayoría de los ganadores, el impacto directo es de transparencia fiscal total, no de coste adicional. La retención sobre premios superiores a 40.000 € ya se aplica en origen (SELAE la practica antes de pagar), y los premios entre 20.000 € y 40.000 € están exentos de retención pero sujetos a declaración.

Lo que cambia con este convenio es la capacidad de cruce de datos de Hacienda: la AEAT recibirá mensualmente la información y podrá detectar de forma automática si el ganador no ha declarado el premio, si ha declarado un importe inferior o si la cuenta bancaria de cobro no coincide con su patrimonio declarado.

Para las personas jurídicas (empresas, comunidades de bienes, peñas de lotería formalizadas), el impacto es mayor: SELAE puede remitir documentación acreditativa a petición de la AEAT, lo que implica que la estructura de reparto del premio entre socios o partícipes queda expuesta a revisión fiscal.

¿A quién afecta?

  • Particulares ganadores de premios superiores a 20.000 € en juegos gestionados por SELAE (Lotería Nacional, La Primitiva, Bonoloto, Euromillones, El Gordo de la Primitiva, Quiniela, etc.)
  • Personas jurídicas (sociedades, comunidades de bienes) titulares de boletos premiados por encima de ese umbral
  • Peñas y grupos de lotería no formalizados jurídicamente cuyos miembros cobren individualmente premios superiores a 20.000 €
  • Asesores fiscales y gestores que deban incluir estos premios en declaraciones de IRPF o IS de sus clientes
  • Empresas con empleados a quienes se hayan regalado participaciones de lotería premiadas por encima del umbral (implicaciones en retribución en especie)

Ejemplo práctico

Imagina que una comunidad de bienes formada por tres socios gana un premio de 90.000 € en el Sorteo de Navidad. SELAE practica la retención correspondiente sobre el importe que supera el mínimo exento y abona el neto en la cuenta bancaria registrada.

En el mes siguiente al cobro, SELAE remite automáticamente a la AEAT los datos identificativos de la comunidad de bienes, el importe íntegro del premio (90.000 €), la retención practicada y la cuenta bancaria de cobro. Si la AEAT detecta que alguno de los tres socios no ha incluido su parte proporcional en su declaración de IRPF, puede iniciar un procedimiento de comprobación. Además, si lo considera necesario, puede solicitar a SELAE la documentación acreditativa de la titularidad del boleto y el importe apostado, para verificar la autenticidad del reparto.

Este cruce es automático y no depende de que el contribuyente cometa un error evidente: basta con que los datos no cuadren.

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¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Revisar si tu empresa o comunidad de bienes ha cobrado premios superiores a 20.000 € desde 2022: el convenio original ya estaba en vigor; la adenda lo prorroga y refuerza. Si hubo premios no declarados correctamente, es el momento de regularizar antes de que llegue una comprobación.
  2. Formalizar jurídicamente las peñas de lotería de empresa: si tu empresa organiza participaciones colectivas, documenta el reparto entre empleados o socios para poder justificarlo ante una eventual petición de la AEAT.
  3. Informar a los empleados que reciban participaciones de lotería como retribución: si el premio supera 20.000 €, puede tener implicaciones como retribución en especie que debe reflejarse en nómina y en el modelo 190.
  4. Coordinar con tu asesor fiscal la correcta declaración de cualquier premio superior a 20.000 € en el IRPF o en el Impuesto sobre Sociedades del ejercicio en que se cobra.
  5. Estar atento a posibles cambios en el umbral: la Comisión de Seguimiento puede modificar el límite de 20.000 € en cualquier momento, lo que ampliaría o reduciría el perímetro de control.

Preguntas frecuentes

¿Qué datos exactos envía Loterías a Hacienda de los ganadores?

SELAE remite mensualmente a la AEAT los datos identificativos del ganador (nombre y NIF/NIE/CIF), el importe íntegro del premio, las retenciones practicadas y la cuenta bancaria de cobro. A petición de la AEAT, también puede enviar la lectura del resguardo del boleto, el importe apostado y documentación acreditativa en el caso de ganadores que sean personas jurídicas.

¿Desde qué importe de premio informa Loterías a la Agencia Tributaria?

El umbral actual es de 20.000 €. Por encima de esa cantidad, el suministro de datos es automático y mensual. Este límite puede ser modificado por la Comisión de Seguimiento del convenio mediante acuerdo entre la AEAT y SELAE.

¿Necesita Loterías mi consentimiento para enviar mis datos a Hacienda?

No. La cesión de datos de SELAE a la AEAT no requiere el consentimiento del premiado. Se ampara en la Ley General Tributaria, que habilita este tipo de intercambio de información con fines de control fiscal sin necesidad de autorización del interesado.

¿Cuánto dura la prórroga del convenio entre la AEAT y Loterías?

La adenda firmada en septiembre de 2026 prorroga el convenio original de 2022 por un periodo de hasta cuatro años adicionales. La entrada en vigor de la adenda fue el 9 de septiembre de 2026, con publicación en el BOE el 26 de septiembre de 2026.

¿Afecta este convenio a las empresas o solo a particulares?

Afecta también a personas jurídicas. Si una sociedad, comunidad de bienes o cualquier otra entidad es titular de un boleto premiado por más de 20.000 €, SELAE incluye sus datos en el suministro mensual a la AEAT. Además, la AEAT puede solicitar documentación acreditativa específica sobre los ganadores que sean personas jurídicas, lo que expone la estructura de reparto del premio a revisión fiscal.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-19988



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El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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