Normativa Europea

Equipos ATEX con radiación óptica: nuevos requisitos europeos para fabricantes en 2026

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Equipo Editorial CambiosLegales
Sep 4, 2026 7 min 94 visitas

Datos clave

NormativaDecisión de Ejecución (UE) 2026/1967 — modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2022/1668
Publicación4 de septiembre de 2026
Entrada en vigor3 de septiembre de 2026
AfectadosFabricantes y distribuidores de equipos con radiación óptica para zonas ATEX
CategoríaNormativa Europea
Norma técnica actualizadaEN atmósferas explosivas — parte 28: protección de equipos y sistemas de transmisión con radiación óptica
Marco regulatorioDirectiva ATEX
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Si fabricas o distribuyes equipos con radiación óptica —láseres, sistemas infrarrojos o transmisión por fibra óptica— destinados a zonas clasificadas como ATEX, esta decisión te afecta directamente. La Decisión de Ejecución (UE) 2026/1967, publicada el 4 de septiembre de 2026, modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2022/1668 para actualizar los requisitos técnicos de la norma armonizada EN parte 28. Desde el 3 de septiembre de 2026, los nuevos estándares son la referencia válida para demostrar conformidad con la Directiva ATEX (2014/34/UE).

¿Qué establece esta normativa?

La norma armonizada EN para atmósferas explosivas se estructura en partes. La parte 28 regula específicamente la protección de equipos y sistemas de transmisión que utilizan radiación óptica, es decir:

  • Equipos láser
  • Sistemas de transmisión por infrarrojos
  • Sistemas de transmisión por fibra óptica

La actualización introduce nuevos requisitos técnicos que los fabricantes deben cumplir para obtener o mantener la presunción de conformidad con la Directiva ATEX. Esta presunción es el mecanismo que permite comercializar el producto en el mercado europeo con marcado CE sin necesidad de demostrar individualmente cada requisito de seguridad ante las autoridades.

AspectoNorma anterior (base: Decisión 2022/1668)Norma actualizada (Decisión 2026/1967)
Referencia normativa válidaVersión previa de la EN parte 28Nueva versión de la EN atmósferas explosivas parte 28
Presunción de conformidad ATEXBasada en requisitos técnicos anterioresRequiere cumplir los nuevos requisitos técnicos actualizados
Productos ya certificadosConformes con la norma anteriorPeríodo transitorio disponible para adaptación
Consecuencia del incumplimientoNo aplicable (norma vigente)Retirada del marcado CE y prohibición de comercialización en la UE

Impacto económico y operativo

El impacto principal no es una sanción económica directa, sino la pérdida del derecho a comercializar en el mercado europeo. Para un fabricante de equipos ATEX con radiación óptica, esto puede suponer:

  • Paralización de ventas en toda la UE hasta obtener la nueva certificación.
  • Costes de recertificación: ensayos técnicos, documentación actualizada y, en su caso, intervención de un organismo notificado.
  • Rediseño de producto si los nuevos requisitos técnicos exigen cambios en el hardware o software del equipo.
  • Gestión del stock: los productos ya fabricados bajo la norma anterior pueden seguir comercializándose durante el período transitorio, pero es necesario conocer su duración exacta para planificar la producción.

Para los distribuidores, el riesgo es comercializar productos que ya no tienen presunción de conformidad válida, lo que les expone a responsabilidades ante las autoridades de vigilancia de mercado de cada Estado miembro.

¿A quién afecta?

  • Fabricantes de equipos láser destinados a instalaciones con atmósferas potencialmente explosivas.
  • Fabricantes de sistemas de transmisión por infrarrojos para zonas ATEX.
  • Fabricantes de sistemas de fibra óptica para entornos clasificados.
  • Distribuidores e importadores de estos equipos en el mercado europeo.
  • Industria química y petroquímica: principal sector usuario de estos equipos en zonas con riesgo de explosión.
  • Sector minero: instalaciones subterráneas y de superficie con atmósferas explosivas.
  • Industria manufacturera con procesos que generan atmósferas explosivas (pintura, tratamiento de superficies, almacenamiento de gases).
  • Responsables de compras y HSE (Health, Safety & Environment) de empresas que adquieren estos equipos, que deben verificar la validez del marcado CE de sus proveedores.

Ejemplo práctico

Un fabricante español de sistemas de transmisión por fibra óptica para zonas clasificadas ATEX tiene actualmente varios modelos certificados bajo la norma armonizada EN parte 28 en su versión anterior, amparada por la Decisión 2022/1668.

Con la entrada en vigor de la Decisión 2026/1967 el 3 de septiembre de 2026, esos certificados siguen siendo válidos durante el período transitorio establecido. Sin embargo, la empresa debe actuar ya:

  • Identificar qué modelos de su catálogo están afectados por la parte 28 de la norma EN.
  • Revisar los nuevos requisitos técnicos con su organismo notificado para determinar si los productos actuales los cumplen o requieren modificaciones.
  • Planificar los ensayos de recertificación antes de que expire el período transitorio.
  • Actualizar la documentación técnica y la declaración de conformidad UE de cada modelo afectado.

Si no actúa dentro del período transitorio, sus productos perderán el marcado CE bajo la Directiva ATEX y no podrán comercializarse en ningún Estado miembro de la UE.

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¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Identificar los productos afectados: revisar el catálogo y determinar qué equipos utilizan radiación óptica (láser, infrarrojo, fibra óptica) y están destinados a zonas ATEX.
  2. Consultar al organismo notificado: contactar con el organismo notificado que emitió la certificación actual para conocer el alcance de los cambios técnicos y el impacto sobre los certificados vigentes.
  3. Conocer el período transitorio: verificar la duración exacta del período transitorio para los productos ya certificados bajo la norma anterior, ya que determina el plazo máximo para completar la recertificación.
  4. Planificar la recertificación: iniciar el proceso de actualización de la documentación técnica y, si procede, los ensayos de conformidad con la nueva versión de la EN parte 28.
  5. Actualizar la declaración de conformidad UE: una vez obtenida la nueva certificación, actualizar la declaración de conformidad y la documentación de marcado CE de cada producto.
  6. Informar a la red de distribución: comunicar a distribuidores e importadores el estado de certificación de los productos y los plazos previstos de actualización para evitar que comercialicen productos con marcado CE no válido.

El incumplimiento puede suponer la retirada del marcado CE y la prohibición de comercialización en el mercado europeo, con las consecuentes pérdidas comerciales y posibles responsabilidades ante las autoridades de vigilancia de mercado.

Preguntas frecuentes

¿Qué equipos están afectados por la nueva norma ATEX parte 28?

La norma EN atmósferas explosivas parte 28 regula los equipos y sistemas de transmisión que utilizan radiación óptica en zonas con riesgo de explosión. Esto incluye equipos láser, sistemas de transmisión por infrarrojos y sistemas de transmisión por fibra óptica destinados a instalaciones clasificadas como ATEX.

¿Qué pasa si mi producto ya tiene certificación ATEX bajo la norma anterior?

Los productos ya certificados bajo la norma anterior (amparada por la Decisión de Ejecución 2022/1668) disponen de un período transitorio para adaptarse a los nuevos requisitos. Durante ese período pueden seguir comercializándose. Una vez expirado, deben haber obtenido la nueva certificación o perderán el marcado CE y no podrán venderse en la UE.

¿Cuándo entra en vigor la nueva norma ATEX para radiación óptica?

La Decisión de Ejecución (UE) 2026/1967 entró en vigor el 3 de septiembre de 2026 y fue publicada en el Diario Oficial de la UE el 4 de septiembre de 2026. Desde esa fecha, la nueva versión de la norma armonizada EN parte 28 es la referencia válida para la presunción de conformidad con la Directiva ATEX.

¿Qué consecuencias tiene no cumplir con la nueva norma ATEX?

El incumplimiento implica la pérdida de la presunción de conformidad con la Directiva ATEX, lo que conlleva la retirada del marcado CE y la prohibición de comercialización del producto en el mercado europeo. Los distribuidores que comercialicen productos sin marcado CE válido también quedan expuestos a responsabilidades ante las autoridades de vigilancia de mercado de cada Estado miembro.

¿Qué sectores deben prestar más atención a esta actualización normativa?

Los sectores con mayor exposición son la industria química, la industria petroquímica, la minería y la manufactura con procesos que generan atmósferas explosivas. En todos ellos se utilizan habitualmente equipos con radiación óptica en zonas clasificadas ATEX, por lo que tanto los fabricantes de esos equipos como los responsables de compras y HSE de las empresas usuarias deben verificar el estado de certificación de sus equipos.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://eur-lex.europa.eu/./legal-content/AUTO/?uri=CELEX:32026D1967



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Equipo Editorial CambiosLegales

El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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