Datos clave
| Normativa | Resolución de 13 de julio de 2026, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales — Convenio con la Comunidad Autónoma de Galicia (FSE+) |
|---|---|
| Publicación | 23 de julio de 2026 |
| Entrada en vigor | 23 de julio de 2026 |
| Afectados | Comunidad Autónoma de Galicia, menores en acogimiento y familias acogedoras en Galicia |
| Categoría | Ayudas y Subvenciones |
| Marco europeo | Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza — FSE+ 2021-2027 |
| Objetivo político UE | Objetivo político 4: «Europa más social e inclusiva» |
| Financiación FSE+ | 60% |
| Cofinanciación Xunta | 40% |
| Aportación estatal | Sin aportación estatal propia |
| Plazo de ejecución | Hasta el 31 de diciembre de 2029 |
| Organismo ejecutor | Consellería de Política Social e Igualdad de Galicia |
| Referencia BOE | BOE-A-2026-16087 |
Galicia pone en marcha dos líneas de actuación con fondos europeos para modernizar y ampliar su sistema de acogimiento familiar infantil. El convenio, suscrito entre la Secretaría de Estado de Derechos Sociales y la Xunta de Galicia y publicado en el BOE el 23 de julio de 2026 (referencia BOE-A-2026-16087), formaliza las condiciones de ejecución de estas operaciones dentro del Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza, cofinanciado por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
El acuerdo no implica aportación económica directa del Estado central: la financiación recae íntegramente sobre la Unión Europea (60%) y la propia Comunidad Autónoma de Galicia (40%). La ejecución se extiende hasta el 31 de diciembre de 2029, dentro del marco plurianual 2021-2027 del FSE+.
¿Qué establece esta normativa?
El convenio activa dos operaciones concretas dentro del Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza, enmarcadas en el objetivo político 4 de la UE («Europa más social e inclusiva») para el período 2021-2027:
| Medida | Código | Descripción |
|---|---|---|
| Plataforma digital de captación de familias acogedoras | 7.L01 | Creación de una herramienta digital para identificar, informar y captar familias dispuestas a acoger menores en Galicia |
| Ayudas para acogimiento residencial de base familiar | 7.L02 | Financiación de soluciones de acogimiento residencial con enfoque de base familiar para menores en situación de desprotección |
La Consellería de Política Social e Igualdad de Galicia actúa como beneficiaria ejecutora y deberá cumplir los requisitos de gestión, control y justificación establecidos en el Reglamento (UE) 2021/1060, que regula las disposiciones comunes de los fondos estructurales europeos para el período 2021-2027.
El Estado central actúa como intermediario en la canalización de los fondos FSE+, pero no aporta financiación propia al convenio. La responsabilidad de ejecución y rendición de cuentas ante la Comisión Europea recae sobre la Xunta de Galicia.
Impacto económico y operativo
Para las entidades del tercer sector y administraciones locales gallegas que trabajan en protección de menores, este convenio abre dos vías de impacto directo:
- Digitalización del proceso de captación: La medida 7.L01 implica el desarrollo de una plataforma que centralizará la información y los trámites para familias acogedoras, lo que puede reducir barreras de entrada y aumentar el número de familias disponibles.
- Financiación de plazas residenciales de base familiar: La medida 7.L02 canaliza ayudas hacia soluciones de acogimiento que replican un entorno familiar, alternativa preferida a los centros de gran tamaño según los estándares europeos de protección infantil.
- Horizonte de planificación hasta 2029: Las entidades que participen en la ejecución disponen de un marco temporal amplio para desarrollar proyectos, contratar personal y justificar gastos ante la Consellería.
- Cumplimiento del Reglamento (UE) 2021/1060: Cualquier entidad que reciba fondos derivados de este convenio deberá adaptarse a los requisitos de elegibilidad, trazabilidad y justificación documental del FSE+.
Desde el punto de vista operativo, la ausencia de aportación estatal propia simplifica la cadena de financiación: los fondos fluyen directamente desde la Comisión Europea a través del programa nacional, con la Xunta como único interlocutor autonómico.
¿A quién afecta?
- Consellería de Política Social e Igualdad de Galicia: Organismo ejecutor principal, responsable de la gestión, justificación y control de las operaciones ante el Estado y la Comisión Europea.
- Entidades del tercer sector en Galicia: ONG, fundaciones y asociaciones que prestan servicios de acogimiento familiar o residencial de base familiar y puedan ser contratadas o subvencionadas en el marco de estas operaciones.
- Administraciones locales gallegas: Ayuntamientos y diputaciones con competencias en protección de menores que colaboren con la Consellería en la ejecución de las medidas.
- Familias acogedoras en Galicia: Destinatarias directas de la plataforma digital (medida 7.L01) y potenciales beneficiarias de las ayudas asociadas.
- Menores en situación de desprotección en Galicia: Beneficiarios finales de ambas operaciones.
- Proveedores tecnológicos: Empresas de desarrollo de software que puedan concurrir a la licitación de la plataforma digital prevista en la medida 7.L01.
Ejemplo práctico
Una entidad del tercer sector gallega que gestiona un hogar de acogimiento de base familiar para menores tutelados puede beneficiarse de la medida 7.L02 de la siguiente forma:
La Consellería de Política Social e Igualdad convoca una línea de ayudas financiada con los fondos de este convenio. La entidad presenta su proyecto, acredita que su modelo de intervención responde al enfoque de «acogimiento residencial de base familiar» exigido, y recibe financiación cofinanciada al 60% por el FSE+ y al 40% por la Xunta. Para justificar el gasto, deberá cumplir los requisitos documentales del Reglamento (UE) 2021/1060: facturas, registros de actividad, indicadores de resultado y auditorías periódicas.
En paralelo, si la entidad colabora en la captación de familias acogedoras, puede integrarse en la plataforma digital prevista en la medida 7.L01, ampliando su visibilidad y su capacidad de derivación de casos.
¿Qué deben hacer las entidades ahora?
- Identificar si tu entidad encaja en el perímetro de las medidas 7.L01 o 7.L02: Revisa si prestas servicios de acogimiento familiar, acogimiento residencial de base familiar o captación de familias acogedoras en Galicia.
- Contactar con la Consellería de Política Social e Igualdad de Galicia: Es el organismo ejecutor. Solicita información sobre las convocatorias previstas en el marco de este convenio y los plazos de presentación de proyectos.
- Preparar la documentación de elegibilidad FSE+: Familiarízate con los requisitos del Reglamento (UE) 2021/1060 en materia de justificación de gastos, indicadores de resultado y sistemas de control interno.
- Si eres proveedor tecnológico: Monitoriza las licitaciones públicas de la Xunta de Galicia relacionadas con la plataforma digital de captación de familias acogedoras (medida 7.L01).
- Planificar con horizonte 2029: Las operaciones tienen plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2029. Dimensiona tus recursos humanos y técnicos para sostener proyectos plurianuales con justificación periódica ante la Consellería.
Preguntas frecuentes
¿Qué operaciones financia este convenio FSE+ en Galicia?
El convenio financia dos operaciones: la medida 7.L01 (creación de una plataforma digital para captar familias acogedoras) y la medida 7.L02 (ayudas para soluciones de acogimiento residencial de base familiar). Ambas se enmarcan en el Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza del FSE+ 2021-2027.
¿Cómo se reparte la financiación entre la UE y la Xunta de Galicia?
El Fondo Social Europeo Plus (FSE+) aporta el 60% de la financiación y la Comunidad Autónoma de Galicia el 40% restante. El Estado central no realiza aportación económica propia en este convenio.
¿Hasta cuándo se pueden ejecutar las operaciones de este convenio?
El plazo máximo de ejecución es el 31 de diciembre de 2029, dentro del marco plurianual del FSE+ para el período 2021-2027.
¿Qué entidad es responsable de ejecutar y justificar las operaciones?
La Consellería de Política Social e Igualdad de Galicia es la beneficiaria ejecutora. Debe cumplir los requisitos de gestión, control y justificación establecidos en el Reglamento (UE) 2021/1060, que regula los fondos estructurales europeos del período 2021-2027.
¿Pueden las entidades del tercer sector acceder a fondos de este convenio?
Sí. Las ONG, fundaciones y asociaciones gallegas que prestan servicios de acogimiento familiar o residencial de base familiar son beneficiarias potenciales, a través de las convocatorias que articule la Consellería de Política Social e Igualdad en el marco de las medidas 7.L01 y 7.L02.
Fuente oficial
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Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-16087