Datos clave
| Normativa | Orden PRE/35/2026, de 20 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa de Castilla y León |
|---|---|
| Publicación BOE | 5 de mayo de 2026 |
| Entrada en vigor | 20 de abril de 2026 |
| Convocatoria origen | Orden PRE/96/2025, de 27 de octubre de 2025 |
| Cuerpos afectados | Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, Auxilio Judicial |
| Ámbito territorial | Castilla y León |
| Categoría | Sector Público / Función Pública |
| Carácter | Resolución definitiva (recurrible) |
Los funcionarios de la Administración de Justicia en Castilla y León que participaron en el concurso de traslados convocado por la Orden PRE/96/2025, de 27 de octubre, ya tienen resolución definitiva. La Orden PRE/35/2026, de 20 de abril, publicada en el BOE el 5 de mayo de 2026, cierra el proceso y determina los destinos finales para los tres cuerpos incluidos en la convocatoria.
Esta resolución genera derechos y obligaciones concretas: los adjudicatarios deben incorporarse a sus nuevos destinos, y quienes no hayan obtenido plaza deben continuar en sus actuales puestos. No hay margen de indefinición: la norma es de aplicación inmediata desde el 20 de abril de 2026.
¿Qué establece esta normativa?
La Orden PRE/35/2026 resuelve de forma definitiva el concurso de traslados para los siguientes cuerpos de la Administración de Justicia en Castilla y León:
- Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa
- Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa
- Cuerpo de Auxilio Judicial
El concurso fue convocado inicialmente mediante la Orden PRE/96/2025, de 27 de octubre de 2025. La resolución ahora publicada tiene carácter definitivo, lo que significa que los destinos asignados son firmes salvo que sean impugnados y estimados por la vía de recurso.
Los efectos principales de esta resolución son:
- Los funcionarios adjudicatarios de plaza quedan obligados a tomar posesión en sus nuevos destinos dentro de los plazos reglamentarios establecidos por la normativa de función pública.
- Los funcionarios que no hayan obtenido destino en este concurso permanecen en sus actuales plazas, sin modificación de su situación administrativa.
- La resolución es recurrible conforme a la normativa administrativa y de función pública aplicable.
Impacto económico y operativo
Para los funcionarios adjudicatarios, el traslado implica consecuencias operativas directas que conviene anticipar:
- Cambio de destino físico: el funcionario debe incorporarse al nuevo juzgado u órgano judicial asignado en Castilla y León dentro del plazo reglamentario. El incumplimiento de este plazo puede tener consecuencias disciplinarias.
- Derechos económicos vinculados al traslado: los traslados por concurso pueden generar derecho a indemnizaciones por traslado forzoso o voluntario según la normativa de función pública estatal y autonómica aplicable. El importe concreto depende de las circunstancias individuales de cada funcionario.
- Impacto en la planificación de los órganos judiciales: los responsables de gestión de los juzgados y tribunales afectados deben prever las incorporaciones y salidas de personal para garantizar la continuidad del servicio.
Para los funcionarios que no obtienen plaza, la situación es de continuidad: no hay cambio de destino ni de condiciones, pero tampoco acceso a las plazas solicitadas hasta una nueva convocatoria.
¿A quién afecta?
- Funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa con destino o solicitud de destino en Castilla y León que participaron en el concurso convocado en octubre de 2025.
- Funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa en las mismas condiciones.
- Funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial adscritos o con solicitud en el ámbito territorial de Castilla y León.
- Responsables de recursos humanos y gerentes de los órganos judiciales de Castilla y León, que deben gestionar las altas y bajas derivadas de los traslados.
- Asesores de función pública y sindicatos que asesoran a los funcionarios afectados sobre plazos, derechos y vías de recurso.
Ejemplo práctico
Un funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa con destino actual en Burgos que solicitó traslado a Valladolid en el concurso convocado por la Orden PRE/96/2025 recibe ahora, a través de la Orden PRE/35/2026, la confirmación definitiva de su nuevo destino en Valladolid.
Desde la publicación de la resolución, este funcionario está obligado a tomar posesión en el órgano judicial de Valladolid asignado dentro del plazo reglamentario establecido por la normativa de función pública. Si no lo hace en plazo, puede incurrir en responsabilidad disciplinaria. Si considera que la asignación es incorrecta, dispone de la vía de recurso prevista en la normativa administrativa para impugnarla.
Por su parte, el juzgado de origen en Burgos debe gestionar la baja de este funcionario y prever la cobertura de la plaza vacante resultante.
¿Qué deben hacer los funcionarios afectados ahora?
- Consultar la resolución publicada en el BOE para verificar el destino asignado o confirmar que no se ha obtenido plaza. La referencia es la Orden PRE/35/2026 en el BOE.
- Identificar el plazo reglamentario de toma de posesión aplicable según la normativa de función pública estatal y autonómica. No esperar al último día: coordinar con el órgano de destino la fecha de incorporación.
- Gestionar los trámites administrativos del traslado: comunicación al órgano de origen, solicitud de certificados de servicios prestados, y presentación en el órgano de destino.
- Verificar los derechos económicos vinculados al traslado: comprobar si corresponde indemnización por traslado y tramitarla en los plazos establecidos.
- Interponer recurso si se considera incorrecta la resolución: la Orden PRE/35/2026 es recurrible conforme a la normativa administrativa y de función pública. Consultar con asesor o representación sindical para evaluar viabilidad y plazos de impugnación.
- Responsables de RRHH de órganos judiciales: actualizar la planificación de plantilla para absorber las incorporaciones y gestionar las vacantes generadas por las salidas.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo debo tomar posesión en mi nuevo destino tras el concurso de traslados de Justicia en Castilla y León?
Los adjudicatarios deben tomar posesión en sus nuevos destinos en los plazos reglamentarios establecidos por la normativa de función pública. La resolución definitiva se publicó mediante Orden PRE/35/2026, de 20 de abril, con efectos desde esa misma fecha.
¿Qué pasa si no obtengo plaza en el concurso de traslados de la Administración de Justicia en Castilla y León?
Los funcionarios que no obtengan plaza en este concurso deberán permanecer en sus actuales destinos, sin cambio de adscripción ni modificación de su situación administrativa.
¿Qué cuerpos y escalas están incluidos en la Orden PRE/35/2026 de traslados de Justicia en Castilla y León?
La resolución afecta a tres cuerpos: Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia en Castilla y León, convocados originalmente por la Orden PRE/96/2025, de 27 de octubre de 2025.