Energía

BESS Tabernas I: Naturgy instala 19,8 MW de baterías en Almería

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Equipo Editorial CambiosLegales
21 oct 2026 6 min 21 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 9 de mayo de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas — autorización BESS Tabernas I
Publicación BOE21 de octubre de 2026 (BOE-A-2026-21938)
Entrada en vigorNo especificada en la resolución
TitularNaturgy Renovables, SLU
ProyectoMódulo BESS Tabernas I — 19,8 MW de potencia instalada
Planta solar asociadaParque fotovoltaico Tabernas I — 48,8 MW (ya operativo)
UbicaciónTabernas (Almería)
EvacuaciónLíneas subterráneas a 30 kV → Subestación Miralles 30/220 kV
Marco normativoRD 1955/2000 y Ley 24/2013 del Sector Eléctrico
CategoríaEnergía / Almacenamiento renovable
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Naturgy Renovables, SLU, puede ya construir el módulo de almacenamiento por baterías BESS Tabernas I tras recibir la autorización administrativa previa y de construcción de la Dirección General de Política Energética y Minas. La resolución, firmada el 9 de mayo de 2025 y publicada en el BOE el 21 de octubre de 2026 (referencia BOE-A-2026-21938), supone un paso concreto en la estrategia de hibridación de activos renovables ya operativos con capacidad de almacenamiento.

El módulo de 19,8 MW se integrará con el parque fotovoltaico Tabernas I, que ya opera con 48,8 MW de potencia instalada en el municipio almeriense de Tabernas.

19,8 MW
Potencia del módulo de baterías BESS Tabernas I
48,8 MW
Potencia del parque solar fotovoltaico Tabernas I (ya operativo)
30 kV
Tensión de las líneas subterráneas de evacuación

¿Qué establece esta normativa?

La resolución otorga a Naturgy Renovables, SLU, dos habilitaciones simultáneas para el módulo BESS Tabernas I:

  • Autorización administrativa previa: reconoce la viabilidad del proyecto y habilita su planificación formal.
  • Autorización administrativa de construcción: permite iniciar las obras del módulo de baterías y su infraestructura de evacuación.

El proyecto se tramitó conforme al Real Decreto 1955/2000 (procedimiento de autorización de instalaciones eléctricas) y la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico. Durante la instrucción del expediente se consultó a múltiples organismos, ninguno de los cuales formuló oposición.

Un dato relevante para el sector: el proyecto quedó exento de declaración de impacto ambiental al no estar incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental. Esto simplifica y acelera la tramitación respecto a proyectos que sí requieren ese trámite.

Respecto a la conexión a red, Red Eléctrica actualizó los permisos de acceso y conexión en noviembre de 2024 para incorporar específicamente el módulo de baterías, adaptando los derechos del parque solar existente a la nueva configuración híbrida.

La resolución forma parte de una tramitación acumulada junto al proyecto BESS Tabernas II, lo que sugiere que Naturgy está desarrollando una estrategia de almacenamiento escalonada en el mismo emplazamiento.

Impacto económico y operativo

Para Naturgy Renovables, la hibridación del parque solar con baterías tiene implicaciones operativas directas:

  • Optimización de la generación: el almacenamiento permite desplazar la inyección de energía a horas de mayor precio en el mercado mayorista, mejorando el ingreso por MWh generado.
  • Reducción de vertidos: en momentos de alta generación solar y baja demanda, las baterías absorben la energía que de otro modo se perdería.
  • Servicios de red: los módulos BESS pueden prestar servicios de regulación de frecuencia y tensión, abriendo nuevas fuentes de ingreso regulado.
  • Actualización de permisos de acceso: Red Eléctrica ya actualizó los permisos en noviembre de 2024, lo que elimina una barrera administrativa habitual en proyectos de hibridación.

Para el sector renovable en su conjunto, esta autorización es una referencia de cómo tramitar la hibridación de plantas fotovoltaicas existentes con almacenamiento bajo el marco del RD 1955/2000, especialmente en lo relativo a la exención de evaluación ambiental y la actualización de permisos de conexión.

¿A quién afecta?

  • Naturgy Renovables, SLU: titular directo de la autorización y responsable de la construcción y operación del BESS Tabernas I.
  • Promotores de energías renovables que estudien hibridar plantas fotovoltaicas existentes con almacenamiento en España: esta resolución es un precedente de tramitación.
  • Operadores de red y gestores de acceso (Red Eléctrica / REE): deben gestionar la integración del nuevo módulo en la subestación Miralles 30/220 kV.
  • Asesores legales y técnicos del sector energético que acompañen procesos de autorización de BESS hibridados con renovables.
  • Inversores y fondos de infraestructuras con posiciones en activos renovables en España que evalúen el potencial de añadir almacenamiento a plantas existentes.

Ejemplo práctico

Imagina una promotora renovable que opera un parque solar de 50 MW en Andalucía y quiere añadir un módulo de baterías para mejorar su posición en el mercado. El caso de BESS Tabernas I ilustra el camino:

  • Paso 1 — Actualización de permisos de conexión: antes de solicitar la autorización de construcción, Naturgy coordinó con Red Eléctrica la actualización de los permisos de acceso y conexión en noviembre de 2024 para que reflejaran el nuevo módulo de 19,8 MW.
  • Paso 2 — Tramitación bajo RD 1955/2000 y Ley 24/2013: el expediente se instruyó con consultas a múltiples organismos. Al no superar los umbrales de la Ley 21/2013, el proyecto quedó exento de declaración de impacto ambiental, lo que acortó los plazos.
  • Paso 3 — Autorización acumulada: la tramitación conjunta con BESS Tabernas II permite a Naturgy gestionar dos módulos en el mismo emplazamiento con un único procedimiento administrativo, reduciendo cargas burocráticas.

El resultado: una planta solar de 48,8 MW que pasa a operar como un activo híbrido solar + almacenamiento con 19,8 MW adicionales de capacidad de batería, sin necesidad de evaluación de impacto ambiental.

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¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Revisar la cartera de activos renovables existentes: identificar qué plantas fotovoltaicas operativas podrían ser candidatas a hibridación con baterías bajo el mismo marco normativo (RD 1955/2000 + Ley 24/2013).
  2. Verificar el encaje en la Ley 21/2013: comprobar si el proyecto de almacenamiento previsto queda exento de declaración de impacto ambiental, como ocurrió con el BESS Tabernas I, para dimensionar correctamente los plazos de tramitación.
  3. Coordinar con Red Eléctrica la actualización de permisos de acceso y conexión: este paso es previo a la solicitud de autorización de construcción y puede condicionar el calendario del proyecto.
  4. Valorar la tramitación acumulada: si se planifican varios módulos BESS en el mismo emplazamiento (como Tabernas I y II), explorar la tramitación conjunta para reducir cargas administrativas.
  5. Consultar la resolución BOE-A-2026-21938 como referencia de precedente para proyectos similares en Andalucía y otras comunidades autónomas.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el proyecto BESS Tabernas I de Naturgy?

Es un módulo de almacenamiento por baterías de 19,8 MW de potencia instalada que Naturgy Renovables, SLU, hibridará con su parque solar fotovoltaico existente «Tabernas I» (48,8 MW), situado en Tabernas (Almería). La autorización administrativa previa y de construcción fue otorgada por la Dirección General de Política Energética y Minas mediante resolución de 9 de mayo de 2025.

¿Cómo se evacuará la energía del BESS Tabernas I?

La evacuación se realizará mediante líneas subterráneas a 30 kV conectadas a la subestación Miralles 30/220 kV. Red Eléctrica actualizó los permisos de acceso y conexión en noviembre de 2024 para incorporar el módulo de baterías a la configuración existente del parque solar.

¿Necesita el proyecto BESS Tabernas I declaración de impacto ambiental?

No. El proyecto quedó exento de declaración de impacto ambiental al no estar incluido en el ámbito de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental. Los organismos consultados durante la tramitación no mostraron oposición al proyecto.

¿Bajo qué normativa se tramitó la autorización del BESS Tabernas I?

El expediente se tramitó conforme al Real Decreto 1955/2000 y la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico. La resolución fue emitida el 9 de mayo de 2025 por la Dirección General de Política Energética y Minas y publicada en el BOE el 21 de octubre de 2026 (BOE-A-2026-21938).

¿Existe un proyecto BESS Tabernas II relacionado?

Sí. La autorización del BESS Tabernas I forma parte de una tramitación acumulada junto al proyecto BESS Tabernas II. Aunque la resolución publicada en el BOE se refiere específicamente al módulo de 19,8 MW del BESS Tabernas I, ambos proyectos se instruyeron de forma conjunta en el mismo expediente administrativo.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial (BOE-A-2026-21938)

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21938



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