Datos clave
| Normativa | Decisión (UE) 2026/1544 del Consejo, de 17 de noviembre de 2025 |
|---|---|
| Publicación | 05 de agosto de 2026 |
| Entrada en vigor | 17 de noviembre de 2025 |
| Período de aplicación | 2025-2032 |
| Afectados | Empresas pesqueras europeas y españolas con flotas en el Pacífico Sur |
| Categoría | Agricultura y Pesca |
| Referencia oficial | OJ:L_202601544 |
Las empresas pesqueras europeas con buques atuneros en el Pacífico Sur tienen garantizado el acceso a aguas de las Islas Cook durante los próximos siete años. El Consejo de la UE aprobó formalmente el 17 de noviembre de 2025 el protocolo de aplicación del Acuerdo de Colaboración de Pesca Sostenible con las Islas Cook para el período 2025-2032, publicado en el Diario Oficial de la UE el 5 de agosto de 2026 bajo la referencia Decisión (UE) 2026/1544.
Para el sector pesquero español, que opera flotas relevantes en el Pacífico, este acuerdo supone continuidad en el acceso a caladeros estratégicos. Pero esa continuidad tiene un precio: el cumplimiento estricto de los requisitos de sostenibilidad y trazabilidad que el protocolo impone como condición para mantener las licencias de pesca.
¿Qué establece esta normativa?
El protocolo fija las condiciones bajo las cuales los buques pesqueros de la UE —principalmente atuneros— pueden faenar en aguas soberanas de las Islas Cook. Los elementos centrales del acuerdo son:
| Elemento | Contenido |
|---|---|
| Tipo de acceso | Operación de buques pesqueros europeos (principalmente atuneros) en aguas de las Islas Cook |
| Compensación | Compensación financiera de la UE al Gobierno de las Islas Cook |
| Cuotas | Cuotas de captura establecidas en el protocolo |
| Control | Obligaciones de control de la actividad pesquera |
| Sostenibilidad | Compromisos de pesca sostenible como condición de acceso |
| Trazabilidad | Requisitos de trazabilidad para mantener licencias de pesca en la zona |
| Vigencia | 2025 a 2032 (7 años) |
El acuerdo se enmarca en la política pesquera exterior de la UE, que combina el acceso a caladeros de terceros países con compromisos de pesca responsable. La compensación financiera que aporta la UE a las Islas Cook financia, en parte, el desarrollo del sector pesquero local y la vigilancia de sus aguas.
Impacto económico y operativo
Para las empresas pesqueras españolas, este protocolo tiene consecuencias directas en tres planos:
- Continuidad operativa: El acceso a los caladeros del Pacífico Sur queda garantizado hasta 2032, lo que permite planificar campañas de pesca y amortizar inversiones en flota con un horizonte de siete años.
- Costes de cumplimiento: Las empresas deben asumir los costes asociados al cumplimiento de los requisitos de sostenibilidad y trazabilidad exigidos por el protocolo. Esto incluye sistemas de seguimiento, documentación de capturas y posibles auditorías.
- Riesgo de pérdida de licencia: El incumplimiento de las condiciones técnicas y financieras de acceso, las cuotas de captura o las obligaciones de control puede suponer la retirada de la licencia de pesca en la zona, con el consiguiente impacto en la operativa y los ingresos de la empresa.
El protocolo establece condiciones técnicas y financieras de acceso que las empresas deben conocer y cumplir antes de cada campaña de pesca. Las cuotas de captura fijadas en el acuerdo determinan el volumen máximo de pesca permitido, lo que afecta directamente a la planificación de la producción y a los contratos de suministro.
¿A quién afecta?
- Armadores y empresas pesqueras españolas con buques atuneros que operan o tienen previsto operar en el Pacífico Sur.
- Empresas pesqueras de otros Estados miembros de la UE con flotas en aguas de las Islas Cook.
- Industrias de transformación y conserva que dependen del suministro de atún capturado en el Pacífico Sur.
- Asesores legales y de cumplimiento normativo que gestionan licencias de pesca y documentación de sostenibilidad para flotas pesqueras.
- Asociaciones del sector pesquero que representan a armadores con actividad en el Pacífico.
Ejemplo práctico
Una empresa armadora española con dos atuneros que faenan habitualmente en el Pacífico Sur y que hasta ahora operaban bajo el protocolo anterior debe, a partir de la entrada en vigor de este acuerdo (17 de noviembre de 2025), renovar sus licencias de pesca bajo las nuevas condiciones técnicas y financieras establecidas en el protocolo 2025-2032.
Para mantener el acceso a los caladeros de las Islas Cook, la empresa deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos de sostenibilidad y trazabilidad exigidos: sistemas de seguimiento de capturas, documentación actualizada y respeto a las cuotas de captura asignadas. Si alguno de sus buques no cumple estos requisitos en el momento de solicitar la licencia, no podrá operar en esas aguas, lo que obligaría a redirigir la flota a otras zonas o a paralizar temporalmente la actividad de ese buque.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Revisar el protocolo 2025-2032 y compararlo con el anterior para identificar cambios en las condiciones técnicas y financieras de acceso que afecten a su operativa.
- Verificar el estado de las licencias de pesca actuales en aguas de las Islas Cook y comprobar si deben renovarse o adaptarse a las nuevas condiciones del protocolo.
- Auditar los sistemas de trazabilidad y sostenibilidad de la flota para asegurar que cumplen con los requisitos exigidos por el nuevo acuerdo antes de la próxima campaña de pesca.
- Controlar las cuotas de captura asignadas bajo el nuevo protocolo e integrarlas en la planificación de producción y contratos de suministro para el período 2025-2032.
- Consultar con el asesor legal especializado en normativa pesquera internacional para asegurar el cumplimiento de todas las obligaciones de control establecidas en el protocolo.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo está en vigor el nuevo protocolo de pesca con las Islas Cook?
El protocolo entró en vigor el 17 de noviembre de 2025, fecha de la Decisión del Consejo de la UE. Su publicación en el Diario Oficial de la UE se produjo el 5 de agosto de 2026, bajo la referencia Decisión (UE) 2026/1544.
¿Hasta cuándo cubre el acuerdo de pesca UE-Islas Cook?
El protocolo de aplicación cubre el período 2025-2032, es decir, siete años de acceso garantizado para los buques pesqueros europeos a las aguas de las Islas Cook, sujeto al cumplimiento de las condiciones técnicas, financieras y de sostenibilidad establecidas.
¿Qué tipo de buques pueden operar en aguas de las Islas Cook bajo este acuerdo?
El acuerdo está orientado principalmente a buques atuneros europeos. Las condiciones técnicas y financieras de acceso, así como las cuotas de captura y las obligaciones de control, se aplican a estos buques para operar en aguas soberanas de las Islas Cook.
¿Qué requisitos deben cumplir las empresas pesqueras para mantener sus licencias?
Las empresas deben cumplir con los requisitos de sostenibilidad y trazabilidad exigidos por el protocolo, respetar las cuotas de captura establecidas y satisfacer las obligaciones de control de la actividad pesquera. El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones puede suponer la pérdida de la licencia de pesca en la zona.
¿Qué implica la compensación financiera que la UE paga a las Islas Cook?
La UE abona una compensación financiera al Gobierno de las Islas Cook como contraprestación por el acceso de los buques europeos a sus aguas. Este pago forma parte de las condiciones financieras del protocolo y es independiente de las tasas o cánones que puedan abonar directamente las empresas armadoras por sus licencias individuales.
Fuente oficial
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Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://eur-lex.europa.eu/./legal-content/AUTO/?uri=OJ:L_202601544